lunes, 24 de abril de 2017

Continúan las charlas ante las demandas de inseguridad

En el marco de prevencion de violencia ciudadana a través de «Red Preventores Concordia» se desarrollará una charla abierta a vecinos y empresarios gastronómicos de la zona norte, a partir de 18:00 en el salón de la Cooperativa de Agua Potable.
En este sentido el abordaje será la nueva implementación del código Procesal penal de la Provincia de Entre Rios Ley. 9754/8. Unos de los puntos es el «Derecho a la Víctima» y otros temas de interés de las legislaciones vigentes como código Penal de la Nación Argentina.

sábado, 8 de abril de 2017

Dolor en Entre Ríos: Encontraron sin vida el cuerpo de Micaela

La imagen puede contener: 1 persona, sonriendo´
El cadáver de una joven fue hallado este sábado en la ciudad de Gualeguay, donde los investigadores pudieron confirmar que su identidad es Micaela García, la estudiante universitaria desaparecida hace una semana.

Fuentes de la investigación señalaron que el cuerpo fue hallado en camino ‘Los Robles’ en otro sitio de la ciudad alejado de la zona donde hoy se realizaban los rastrillajes.

Sebastián Wagner, quien fue detenido ayer en la localidad bonaerense Moreno como principal sospechoso en la investigación, fue el que aportó detalles claves a los investigadores para que pudieran localizar el cuerpo de la joven de 21 años.

Micaela García desapareció el sábado pasado luego de haber salido a bailar con un grupo de amigos al boliche ‘King’ en la localidad de Gualeguay. La Policía realizó varios rastrillajes para dar con su paradero y analizó las cámaras de seguridad de la zona para determinar qué le había ocurrido. Una de las filmaciones mostró a la chica mientras camina sola con un zapato.

Si bien en un primer momento se apuntó al exnovio de la mujer, el hombre declaró que se encontraba en Concepción del Uruguay al momento de la desaparición por lo que quedó descartado de la investigación.

Ayer a la tarde habían encontrado prendas que podrían pertenecer a Micaela en un rastrillaje alrededor de la ciudad y esta mañana se había reactivado la búsqueda de la joven. Ayer la noche, detuvieron a Sebastián Wagner, en la localidad bonaerense de Moreno, cuando regresaba a la casa de su madre. El jefe de Policía de Entre Ríos, comisario Gustavo Maslein, explicó que el sospechoso intentó suicidarse al momento de su detención, aunque el revolver calibre 32 que llevaba consigo falló en dos ocasiones.

Wagner, de 29 años y con antecedentes por dos violaciones, cuenta con dos condenas por violación, por las que debía estar preso hasta 2020. Su pena fue reducida por supuesta buena conducta. Ahora quedó arrestado nuevamente por el crimen de Micaela.

martes, 7 de marzo de 2017

Día Internacional de la Mujer 8 de marzo

 Logo de las Naciones Unidas
El Día Internacional de la Mujer es una fecha que se celebra en muchos países del mundo. Cuando las mujeres de todos los continentes, a menudo separadas por fronteras nacionales y diferencias étnicas, lingüísticas, culturales, económicas y políticas, se unen para celebrar su día, pueden contemplar una tradición de no menos de noventa años de lucha en pro de la igualdad, la justicia, la paz y el desarrollo.

El Día Internacional de la Mujer se refiere a las mujeres corrientes como artífices de la historia y hunde sus raíces en la lucha plurisecular de la mujer por participar en la sociedad en pie de igualdad con el hombre. En la antigua Grecia, Lisístrata empezó una huelga sexual contra los hombres para poner fin a la guerra; en la Revolución Francesa, las parisienses que pedían «libertad, igualdad y fraternidad» marcharon hacia Versalles para exigir el sufragio femenino.

La idea de un día internacional de la mujer surgió al final del siglo XIX, que fue, en el mundo industrializado, un período de expansión y turbulencia, crecimiento fulgurante de la población e ideologías radicales.

sábado, 25 de febrero de 2017

TRATA DE PERSONAS EN CONCORDIA ENTRE RÍOS

JUICIO POR TRATA DE PERSONAS Y PROSTITUCIÓN DE MENORES

Testigos involucran a Alfonso, pero su pareja niega que hubiera secuestrado a la adolescente cuya explotación sexual se le imputa.

Con la declaración de siete testigos, se desarrolló ayer la segunda jornada del juicio oral y público que se le sigue al ex locutor y publicista concordiense, Gustavo Alfonso, por la supuesta explotación sexual de una joven de 16 años, a quien habría obligado a ejercer la prostitución.

El tribunal de sala del Tribunal Oral Federal de Paraná que juzga a Alfonso, está compuesto por los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros. La acusación es llevada adelante por el fiscal José Ignacio Candioti, la querella es ejercida por el abogado y concejal concordiense Daniel Cedro y la defensa está a cargo del defensor oficial, Mario Franchi

Entre los testigos se contó con el testimonio de Yolanda Itatí Zárate, pareja de Alfonso, y, también, una joven de 24 años, quien incriminó al imputado confirmando que organizaba fiestas sexuales en su departamento o en quintas de nuestra zona, donde los concurrentes pagaban por acostarse con ella.

Hoy está previsto que concurran a la Sala de Audiencias más de una docena de testigos, mientras que el jueves prestará su declaración la monja Martha Pelloni, quien se hizo conocer tras encabezar una movilización popular en Catamarca por el crimen de María Soledad Morales, en la década del ’90.

HABLA UNA TESTIGO

Quien avivó el fuego con su testimonio fue Claudia Florencia Colli, de 24 años, quien levantaba publicidad para la radio de nuestra ciudad en la que también se desempeñaba Alfonso; la testigo, que entonces tenía 17 años, dijo que iba dos o tres veces por semana a cambio de 200 pesos por semana y aseguró que en la quinta donde hacían los asados, también había menores; según dijo, “solo una vez” vio al acusado y que éste “nunca le propuso nada fuera de lo normal”.

Colli acotó que sabía que había fiestas en quintas y que allí “hacían estar chicas con hombres por dinero”.

“Se escuchaban rumores de esas fiestas, eran muy conocidas en esa quinta”, dijo, en referencia a las instalaciones del empresario Roberto Pietroboni frente al autódromo de Concordia, según señala Análisis Digital.

Luego, su relato se centró en la despedida de soltero de Puerto Yeruá, donde tuvo sexo con un hombre. “Recuerdo que no eran hombres de acá. Eran aproximadamente 15 varones y 4 chicas. Fue Alfonso quien hizo ir a la gente a esa fiesta. Yo no conocía a nadie ahí. Cuando llegamos, uno de los chicos a quien le decían Chino me preguntó qué hacía ahí, de forma despectiva, como que no encajaba por mi vestimenta, porque las otras chicas fueron más producidas. Era una despedida de soltero. Sabía que en ese lugar había sexo por dinero”, aseveró.

A la pregunta de “¿Cómo sabía que Alfonso recibía una compensación por eso?”, respondió que era “porque las chicas tenían la plata que le daban a él—respondió la joven”.

“Yo no las conocía a todas. A Roxana Navarro sí y ella estuvo en esa fiesta”, reconoció luego.

El fiscal le leyó una serie de mensajes de texto que figuran en el expediente, que salieron del teléfono de Alfonso al teléfono de Roxana Navarro. En esa comunicación, el publicista le pidió a Navarro que “puliera” a la testigo víctima. Le indicó que debía instruir a la joven para que de un modo u otro tenga sexo con hombres y “que no haga bardo”. También le advirtió en esa comunicación que borre los mensajes.

Según la testigo, Roxana Navarro no le hizo ninguna insinuación en ese tono. Pero luego contó que esa noche tuvo sexo con Chino. “Yo no me prostituía y el chico capaz se dio cuenta de eso. Me dijo que vayamos a otro lado. Fuimos a una parte de la quinta que tiene como cabañas o departamentos y allí tuvimos sexo. Creo que este chico le pagó a Alfonso por tener sexo conmigo, porque el chico me dijo que si tenía que darle algo a Alfonso no había problema. Cuando estábamos vino otro chico y me quiso obligar para que esté con otros”, relató.

También, dijo que después de la despedida de soltero las llevaron a un boliche. “Ahí lo encontramos a Alfonso y nos preguntó cómo había estado la fiesta. Después yo me fui a otro boliche”, aseguró.

La testigo también refirió a una oportunidad en el departamento de calle Monseñor Rösch. “Fui a la inauguración porque me llevó un amigo. Éramos cuatro chicas”, precisó y asentó que allí estaba la víctima. “En esa fiesta, S -nombre de fantasía de la denunciante- tuvo relaciones no sé bien con cuántos, pero fueron cuatro o cinco. Yo no tenía relación con ella”, añadió. También reconoció en ese ambiente a la pareja de Alfonso. “Yolanda Zárate ya era la novia de él hacía como cuatro o cinco meses”, afirmó y de ese modo contradijo la versión del imputado y su pareja, quienes sostienen haberse conocido en octubre de 2014.

OTRA TESTIGO

El segundo testimonio fue el de Claudia Florencia, quien trabajó con Alfonso en la radio cuando hacía el último año de secundaria, antes de cumplir con la pasantía. Todavía no tiene 20 años. Su testimonio fue confuso desde el comienzo y durante todo el desarrollo. Admitió que había participado de asados “en la quinta de Pietroboni”, con gente que desconocía y que después iban al boliche. “A ese lugar me llevaba Daniel Badaraco, un amigo que entonces tenía más de 30 años. En la radio comencé con Alfonso porque me dijeron que necesitaban a alguien para trabajar. Estuve dos o tres meses y la relación con Alfonso fue normal”, dijo.

UNA VECINA

Luego, Carla Paulina Bordet llegó a testificar como vecina de los departamentos de avenida Monseñor Rösch, uno de los cuales habitaba Alfonso y donde se encontró a la menor de 16 años que se supone explotaba sexualmente. Ratificó que mientras Alfonso estuvo viviendo en el segundo piso B, con él habitaba una chica -la víctima- y frecuentaba la pareja, Yolanda Zárate. “Un día le pedí a mi marido que vaya a decir que bajen la música y terminen los ruidos porque mis hijos no podían dormir”, recordó y agregó que su esposo también solicitó una madrugada que despejen los garajes que estaban ocupados con autos que no eran de personas que habitaban el lugar. “Desde el baño escuchaba que estaban de fiesta, que tenían sexo entre varios. Había varias personas en ese departamento”, señaló. La mujer también dijo que la víctima presentaba aspecto de menor de edad.

AMIGA DE LA VÍCTIMA

Con posterioridad, fue el turno de la testigo María Sol, de 18 años, quien fue compañera en la escuela primaria de la víctima y en varias oportunidades acudió en su ayuda. Este martes contó: “Ella me dijo que se veía con un señor. En una oportunidad, incluso subió fotos con él al Facebook. Ella siempre estaba conectada al Facebook, pero la semana que estuvo desaparecida no leía los mensajes”.

EL DUEÑO DE LOS DEPARTAMENTOS

Mientras tanto, Daniel Eduardo Stanghelini, dueño de los departamentos de avenida Monseñor Rösch, declaró que “éramos amigos de la infancia con Alfonso y le alquilé el departamento porque la hermana de él es amiga de mi esposa”. Sostuvo que no sabía que Alfonso tenía a una menor de 16 años en el lugar. “Cuando leí lo que había pasado en un matutino de Paraná, le pedí a Alfonso que se fuera porque es un lugar familiar. Él me dijo que estaba todo arreglado. Después que pasó todo y fue el allanamiento, Alfonso comenzó a mandarme muchos mensajes pidiéndome cosas, dinero. Eso me molestó y le dije que no me metiera en esas cosas ni a mí, ni a mi familia”, indicó.

EL TESTIMONIO DE LA PAREJA DE ALFONSO

En la víspera, uno de los testimonios más esperados fue el de Zárate, enfermera del hospital Delicia Concepción Masvernat, quien negó la existencia de mensajes de Whatsapp por ofrecimiento de dinero por las chicas. Dijo no recordar que se hayan intercambiado fotos de las menores, pero si reconoció que ella lo hacía con Daniel Cedro, el querellante de esta causa, “como personas adultas” que eran, según informó El Once de la capital provincial.

La mujer subrayó que “nunca vio que alguien tuviera relaciones sexuales en el lugar donde vivía Alfonso”. 
Respecto de la víctima, comentó que “Sofía mandaba mensajes desde el celular de Alfonso y para mí era todo normal, la chica era feliz y se mandaba mensajes”, insistió. “Ella durmió ahí porque la mamá la echó de la casa y Gustavo le decía si le había escrito o se había comunicado”, rememoró la mujer.

Zarate declaró que la menor tenía una llave del departamento de Alfonso. “Cuando nos íbamos, ella cerraba y nos abría”, recordó la mujer, al tiempo que negó conversaciones y/o mensajes de los teléfonos de Alfonso al de ella. También negó haber visto drogas o armas.

La mujer de Alfonso mantuvo un duro cruce con el querellante, Daniel Cedro (se recordará que según se dijo, éste era su pareja), y le aseguró que, cuando ella iba a la casa del imputado, “no le preguntaba la edad a las chicas que estaban ahí”.

Asimismo, manifestó que conoció a Alfonso justo en los días en que comenzó la causa, es decir en octubre de 2014. Las pericias sobre los teléfonos arrojaron una serie de mensajes en los que Alfonso le ofreció a Zárate participar de la despedida de soltero en Puerto Yeruá, según indica Análisis Digital. “Son 1.000 pesos por tres horas con chicos de Córdoba y Santa Fe”, le leyó el fiscal Candioti. Sin embargo, la mujer lo negó. “Desconozco”, se limitó a responder. También negó que Alfonso la haya ofrecido enviando fotos suyas en ropa interior.

Zárate reconoció que tiene una hermana llamada Gisela y trabaja en el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf). “En el departamento de calle Monseñor Rösch estaba Sofía, mi hermana que estaba planchándole camisas a Alfonso porque necesitaba un dinero extra, yo y Alfonso”, dijo, cuando recordó el día que la Policía rescató a la menor.

“Cuando yo lo conocí, él me la presentó a Sofía. Ella no estaba secuestrada, era productora del programa y ayudaba a lavar un plato o cocinar. A mí nunca me pareció raro que hubiera una chica en el departamento de Alfonso, porque allí entraban y salían muchas chicas, se iban a cambiar, porque eran promotoras y organizaban las previas. Yo no vi nada raro, ella estaba bien, contenta, feliz. Incluso me dijo que se estaba mensajeando con un psicólogo del Copnaf que le había tirado onda. No parecía menor de edad. Se estaba quedando en la casa de Alfonso porque se había peleado con la madre y no tenía donde ir”, concluyó.

EL CASO

Todo comenzó en octubre de 2014, cuando María Cristina Escobar y efectivos de la Comisaría del Menor de Concordia, encontraron en un departamento de avenida Monseñor Rösch a la hija de la mujer, que su madre había denunciado como desaparecida hacía 20 días.

En la primer jornada del juicio, Escobar describió que encontró a su hija en un estado “desalineado, ojerosa, hambrienta y golpeada”.

En esa oportunidad, el propio Alfonso entregó a la chica cuando los policías tocaron el timbre en el departamento. Desde entonces quedó detenido, un en la Unidad Penal 3 de nuestra ciudad, luego pidió que lo trasladen a Concepción del Uruguay y, últimamente, gozaba de la prisión domiciliaria.

Tras el rescate, la joven denunció que fue captada mediante ofrecimientos de trabajo. Primero, Alfonso le habría prometido ser promotora de boliches. Luego que sería la productora del programa radial que conducía en una radio local. Pero a los pocos días, la habría llevado al departamento de calle Monseñor Rösch donde la habría encerrado y le habría advertido que desde ese momento debía prostituirse.

Para ello, Alfonso habría obligado a la menor a drogarse y la habría golpeado. En dos oportunidades, en un lapso de 20 días, la jovencita habría intentado escapar, no pudiendo hacerlo. En una ocasión, Alfonso la habría atropellado con su moto, a la salida de un boliche, provocándole hematomas en sus piernas.´
Caso Alfonzo: La fiscalía pidió 12 años de condena

Concluyeron las testimoniales y los alegatos de parte en el juicio contra el publicista Gustavo Alfonzo por explotar sexualmente a una menor de edad.´

martes, 14 de febrero de 2017

Control de acceso a boliches

Ley 26370
Cuando vas a un boliche, recital o espectáculo las leyes te protegen contra cualquier acto de discriminación que te impida el ingreso o permanencia en lugares privados o públicos, abiertos o cerrados.

Derecho a no ser discriminado


¿Qué es la discriminación?



Es impedir o limitar tus derechos con la excusa del color de tu piel, nacionalidad, edad, situación económica, género u orientación sexual, religión o estado físico, entre otras cosas.



¿Existe alguna regulación para no ser discriminado en los boliches?



Sí. En la entrada de cada lugar tiene que haber un cartel que tenga escrito el art 16 de la Constitución Nacional que se refiere a la igualdad de las personas.  En el cartel también debe decir:



“Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar su denuncia.”



Si el boliche no tiene este cartel, el dueño o responsable del lugar tiene que pagar una multa.



Derecho de admisión



¿Qué es el derecho de admisión o permanencia?



El derecho de admisión es el derecho que tiene el dueño del boliche u organizador del espectáculo para no dejar entrar a una persona.



El derecho de permanencia es el derecho del dueño del boliche u organizador del espectáculo para pedirle a una persona que se vaya del lugar.



La ley establece claramente cuándo y de qué manera pueden ser ejercidos esos derechos.



Entonces, ¿pueden impedirme el ingreso o pedirme que me vaya?



Sí, pero sólo por razones objetivas.  Esto quiere decir que las razones por las que no te dejan entrar deben ser aplicables a cualquier persona que se encuentra en tu misma situación. Por ejemplo, cuando no se admite el ingreso en pantalón corto o no se permite el acceso a menores de 18 años.


¿Pueden impedirme entrar por mi ropa, por ejemplo, si llevo zapatillas y gorra?

Sí, a vos y a toda otra persona que esté vestida de esa manera siempre que haya un cartel que diga que no se permite el ingreso con ese tipo de ropa.


De lo contrario, deben dejarte entrar.



Por más que traten de impedírmelo, ¿hay casos en los que tengo derecho a exigir el ingreso o la permanencia en un espectáculo?



Sí. Nunca pueden impedirte el ingreso o sacarte de un espectáculo por razones:



Contrarias a la Constitución Nacional.

Discriminatorias.
Te pongan en situación de inferioridad.
¿En qué casos no puedo entrar o pueden pedirme que me vaya del lugar, por ejemplo, un boliche o recital?


Si tenés actitudes violentas, comportamiento agresivo o provocás disturbios y/o molestás a otras personas.

Si tenés claras señales de haber consumido drogas y con tus actitudes molestás o ponés en peligro al resto de las personas.
Si estás en un evidente estado de embriaguez y con tus actitudes molestás o ponés en peligro al resto de las personas.
Si llevas armas, pirotecnia u otros objetos que pongan en riesgo la seguridad.
Si llevás símbolos de carácter racista, de odio hacia personas de otros países o que inciten a la violencia.
Si con tus actitudes molestás para el normal desenvolvimiento del espectáculo.
También pueden impedirte el ingreso por las siguientes razones:


Si la capacidad del lugar se encuentra al máximo autorizado por la ley.

Cuando ya se cumplió el horario de cierre del local.
Si sos menor de 18 años y el lugar solo admite mayores de esa edad.
Personal de control de acceso


¿La ley impone límites al personal de admisión de estos lugares?



Sí, tienen prohibido:



Usar armas de cualquier tipo.

Estar alcoholizados o tomar bebidas alcohólicas durante la jornada de trabajo.
Estar bajo el efecto de drogas.
Prestar servicios sin estar habilitados para hacerlo.
¿El personal de admisión puede pedirme documentos?


Sí, pueden pedirte documentos para comprobar tu edad cuando el límite de edad es un requisito para entrar al lugar.



¿Cómo sé si una persona es personal de control de acceso?



El personal de control  tienen la obligación de llevar en forma visible la credencial que los identifica.  La deben tener puesta a la altura del pecho, sobre el lado izquierdo.

Derecho de Admisión y Fiestas



La Coordinadora de Gabinete, Cielo Petit, dialogó con DIARIOJUNIO y explicó el objetivo de dos proyectos ingresados esta mañana a la secretaría del Concejo Deliberante y que serán tratados en la apertura de sesión del próximo viernes 3 de marzo. “Es una preocupación del poder ejecutivo municipal y del intendente, Enrique Cresto, dar mayor seguridad a todo lo que tiene que ver con el gran movimiento de gente, especialmente los chicos y jóvenes que concurren a las confiterías 
La Reglamentación de la actividad de los controladores de admisión y permanencia en espectáculos públicos.

“Si bien la concentración de confiterías bailables que se está haciendo en la costanera de Concordia hace que se pueda controlar mejor el tema del tránsito y alcohol se hace necesario complementarlo con otras normas”, explicó Petit. “Una de ellas y, a raíz de los hechos que sucedieron anteriormente, es la de reglamentar a quienes ejecutan lo que se llama “el control del admisión” en las confiterías bailables o espectáculos públicos y son los conocidos comúnmente como patovicas”

Sobre ello, detalló la existencia de una ley nacional que establece y reglamenta la actividad con cursos de capacitación, por ejemplo, la edad que deben tener y que no pueden utilizar ningún tipo de elementos para repeler a un joven que quiera ingresar y establece toda una serie de requisitos. “Lo que hace la municipalidad es, sin estar adherida a la provincia, trasladar esa legislación nacional y adaptarla a la ciudad de Concordia”.

-Prohibición de la realización de fiestas, bailes y/o cualquier tipo de espectáculos similares con ingreso masivo, que no haya obtenido autorización municipal.

“Este es otro tema muy preocupante y que se dio sobre todo en la última quincena de diciembre y principio de enero, son las llamadas fiestas privadas”, aseguró la funcionaria. “Esas fiestas se organizan en casa de familia, se compran entradas, se nuclean a través de convocatorias por Facebook o por otras redes sociales y que realmente traen mucho problemas con los vecinos en cuanto a denuncias por sonidos altos y otras molestias”, agregó. Sobre esto, la coordinadora fue contundente y explicó que lo que se hará allí es “directamente prohibir este tipo de fiestas y se establecerán multas muy onerosas para quienes sean denunciados”. 

sábado, 11 de febrero de 2017

Seminario para controladores de admisión y permanencia





Este seminario colabora con la capacitación del personal que se encarga de realizar el control en las entradas de locales bailables, brindando herramientas adecuadas con el fin de garantizar la seguridad de los concurrentes.
El Controlador se desempeñará en funciones de control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos, asesorando y contribuyendo al cumplimiento de las condiciones técnico-legales de seguridad, higiénicas y sanitarias. Seleccionará los procedimientos apropiados para la resolución de problemas, respetando los derechos humanos y la legislación que regula su actividad. Además, realizará tareas de prevención de disturbios en el interior del establecimiento y brindará los primeros auxilios a las personas en situación de emergencia.
Áreas de competencia
El perfil profesional CONTROLADOR presenta las siguientes áreas de competencia:
1. Implementar el control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos, asesorando y contribuyendo con el cumplimiento de las condiciones técnico-legales de seguridad, higiénicas y sanitarias.
2. Seleccionar los procedimientos apropiados para la resolución de problemas, respetando los derechos humanos y la legislación que regula su actividad.
3. Realizar tareas de prevención de disturbios en el interior del establecimiento.
4. Brindar los primeros auxilios a las personas en situación de emergencia.
Área Ocupacional: Eventos y espectáculos musicales y artísticos a desarrollarse en: en estadios, clubes,pubs, entre otros. Eventos y espectáculos de entretenimiento en general, a desarrollarse en: salones o boliches bailables, discotecas, restaurantes, bares, shopping y cualesquiera otros .
Lugares de entretenimiento a desarrollarse en: parques de diversiones, parques temáticos, entre otras.


POR UNANIMIDAD SE APROBÓ EN EL H.C.D DE CONCORDIA LA ACTIVIDAD DE LOS CONTROLADORES DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA EN ESPECTÁCULOS PUBLICOS


1-  Reglamentación de la actividad de los controladores de admisión y permanencia en espectáculos públicos. 

El Ejecutivo Municipal ingresó un Proyecto  que  reglamenta  la actividad de los Agentes de Control de Admisión y Permanencia de público,  estableciendo una serie de requisitos a cumplir por dicho personal e incorporando un régimen de control y capacitación  hasta tanto la Legislatura Provincial adhiera a la Ley Nacional 26.370 y se reglamente su aplicación.-

2-   Prohibición de la realización de fiestas, bailes y/o cualquier tipo de espectáculos similares con ingreso masivo, que no haya obtenido autorización municipal.

Este proyecto, prohíbe la realización de fiestas, bailes y/o cualquier tipo de espectáculos de características similares con ingreso masivo de personas al que se pueda acceder por pago de suma dineraria, tarjeta, entrada, o portando algún elemento destinado a su ingesta, o con cualquiera otra identificación o contraseña, que no haya obtenido autorización municipal previa; siendo pasibles de multas a los promotores, organizadores, publicistas y quienes tuvieren alguna responsabilidad en su organización. Idéntica sanción se impondrá a propietarios, poseedores, tenedores de establecimientos en donde se desarrolle tal evento.-

viernes, 10 de febrero de 2017

SEGUNDO SEMINARIO CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA EN CONCORDIA

RCP a cargo del  Profesor de Educación Física Guerrero 

Por resolución 7979/06 Fue declarado de interés municipal el seminario _ taller De Derecho de Admisión y control dictado por la red de preventores concordia. Disertantes Lic. Héctor Olivera y Lic. Augusto Ayala . Considerando que los controladores de Admisión y permanencia son trabajadores en relación de dependencia, tarea para la que deban estar debidamente capacitados. La finalidad del taller es lograr que se cumplimenten las condiciones objetivas de Admisión y permanencia determinados por ley 26.370 . Dicha reglamentación establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control y permanencia del público en general para empleadores cuya actividad consiste en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos. ´
Ratificaron esta resolución el Sr. Armando Luis Gay . Presidente Concejo Deliberante Concordia y el Dr. Enrique Tomás CRESTO. Presidente Municipal. Municipalidad Concordia.

Los Controladores de admisión y permanencia son trabajadores en relación de dependencia, que tienen por finalidad el cumplimiento de las condiciones objetivas de admisión y permanencia determinadas por la Ley 26370. Dicha ley establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.
Asimismo, la Ley 26370 regula las funciones del Controlador, enunciadas en el capítulo 1, artículo 9, inciso h, y obliga a los controladores a realizar la capacitación correspondiente para el ejercicio de la profesión, como condición para la obtención de la habilitación profesional, junto a otros requerimientos.
Por otra parte, el artículo 17 de la misma ley, prescribe los contenidos mínimos: “El curso de Controlador tendrá, como mínimo exigible, los contenidos detallados a continuación: Normativa regulatoria. Derechos humanos. Nociones de derecho constitucional. Nociones de derecho penal. Control de admisión y permanencia I. Nociones básicas de adicciones. Control de admisión y permanencia II. Seguridad contra siniestros I. Comunicación no violenta I. Primeros auxilios. Técnicas de neutralización de agresiones físicas .Para garantizar la capacitación de los trabajadores de control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos públicos, y con la intención de alcanzar un mayor grado de responsabilidad y profesionalización en el área de incumbencia, la formación profesional se plantea desde un doble beneficio: proteger a las personas que asisten a esos eventos y brindar herramientas a los controladores para que conozcan sus derechos laborales y sus obligaciones.
Es imprescindible que los trabajadores que ejercen la actividad tengan elementos que le permitan evitar cualquier situación que implique un riesgo para las personas que concurren a un local u otro lugar de entretenimiento de público en general, ya que el fin último de la actividad es proteger la integridad de las mismas, siendo el medio para lograrlo el Control de admisión y permanencia, entendido éste, como un conjunto de técnicas.
La forma en que los controladores desempeñan su tarea es de suma importancia y reviste una exigencia pocas veces pensada, dado que requiere de un manejo constante de situaciones de conflicto, como también un conocimiento profundo de las habilidades sociales, tales como el dominio de la comunicación, la negociación y el autocontrol emocional.
El Controlador debe, en todos los casos, mediar en los conflictos y lograr la resolución de los mismos en forma racional, controlada y jamás violenta, bregando siempre por la integridad de las personas que concurren a dichos lugares. Sin embargo, para que los controladores desarrollen este tipo de actitudes, es necesario modificar el perfil profesional de los mismos.
En ese sentido, este curso de formación profesional, tiene como propósito general que los trabajadores puedan calificarse profesionalmente y que a su vez, comprendan el rol social de sus funciones.
Competencia general:
El Controlador se desempeñará en funciones de control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos, asesorando y contribuyendo al cumplimiento de las condiciones técnico-legales de seguridad, higiénicas y sanitarias. Seleccionará los procedimientos apropiados para la resolución de problemas, respetando los derechos humanos y la legislación que regula su actividad. Además, realizará tareas de prevención de disturbios en el interior del establecimiento y brindará los primeros auxilios a las personas en situación de emergencia.
Áreas de competencia
El perfil profesional CONTROLADOR presenta las siguientes áreas de competencia:
1. Implementar el control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos, asesorando y contribuyendo con el cumplimiento de las condiciones técnico-legales de seguridad, higiénicas y sanitarias.
2. Seleccionar los procedimientos apropiados para la resolución de problemas, respetando los derechos humanos y la legislación que regula su actividad.
3. Realizar tareas de prevención de disturbios en el interior del establecimiento.
4. Brindar los primeros auxilios a las personas en situación de emergencia.
Área Ocupacional: Eventos y espectáculos musicales y artísticos a desarrollarse en: en estadios, clubes,pubs, entre otros. Eventos y espectáculos de entretenimiento en general, a desarrollarse en: salones o boliches bailables, discotecas, restaurantes, bares, shopping y cualesquiera otros  de entretenimiento a desarrollarse en: parques de diversiones, parques temáticos, entre otras.

Coordinación General:
Lic En Ciencias Penales y Social -Comisario Ppal. R.E. P.E.R. HECTOR HUGO OLIVERA
Lic. En Calidad de la Gestión de la Educación - AUGUSTO TIBURCIO AYALA

viernes, 2 de diciembre de 2016

CERTIFICADO DE ASISTENCIA AL CURSO , SEMINARIO CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA

En el mes de noviembre se llevo a cabo el primer seminario sobre  Control de Admisión y Permanencia en nuestra ciudad   ,en el marco de la ley Nacional Ley 26.370 que establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.-Sancionada: Mayo 7 de 2008.-
Así también las temáticas de capacitación que requiere el controlador.,en este sentido cada trabajador recibirá su certificación de asistencia con material de apoyo ,para proseguir avanzando en  profesionalizar la actividad. 


RECONOCIMIENTO  DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA

Concordia, 27 de Octubre de 2016
N° 7.979

VISTO:

Que la RED DE PREVENTORES CONCORDIA, desarrollará un SEMINARIO –TALLER DERECHO DE ADMISION Y CONTROL, que se llevará a cabo este 5 de noviembre, en las instalaciones del Centro Cívico de Concordia, y,

CONSIDERANDO:

Que los controladores de admisión y permanencia son trabajadores en relación de dependencia, tarea para la que deben estar debidamente capacitados.

Que tiene, el citado taller, la finalidad de lograr se  cumplimenten las condiciones objetivas de Admisión y Permanencia determinadas por la Ley 26370 REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA (MJS y DD.HH).

Que dicha Ley establece las Reglas de Habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia del público en general para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.

Que asimismo la Ley 26370 regula las funciones del Contralor y obliga a los controladores a realizar la capacitación correspondiente para el ejercicio de la profesión como condición para la obtención de la habilitación profesional junto a otros requisitos.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD CONCORDIA 
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION

ARTÍCULO 1º.- Declárese de INTERÉS MUNICIPAL el SEMINARIO –TALLER DERECHO DE ADMISION Y CONTROL a desarrollarse por la RED DE PREVENTORES CONCORDIA, a llevarse a cabo este 5 de noviembre en el Centro de Convenciones de Concordia.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 27 de Octubre de 2016

Sr. ARMANDO LUIS GAY
Presidente
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria


DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 2 de noviembre de 2016






En todo evento y/o espectáculo de entretenimiento de público en general, ya sea que se desarrolle en un estadio, pub, disco, etc., existe una combinación de factores: estimulantes (música, alcohol, etc.), masiva concurrencia de gente (donde encontramos personas de diferente condición social, con actitudes e intereses diferentes, entre otras cuestiones), incapacidad por parte del Estado de lograr mecanismos de control constantes en el tiempo y sobre la totalidad de los eventos, entre otros. La combinación de todos estos elementos crea situaciones complejas, que solo es factible evitar o resolver favorablemente, a través de personal especializado en este tipo de actividad, que entienda que no deben agravar los riesgos, sino actuar con una concepción preventiva y con profundas convicciones en cuanto al respeto por las personas. Es imprescindible la capacitación para evitar cualquier situación que implique un riesgo para los que concurren a un local bailable u otro lugar de entretenimiento de público en general, ya que el fin último de la actividad es proteger la integridad de las personas, teniendo en cuenta un conjunto de técnicas, donde la concepción filosófica que debe primar en el ejercicio de la actividad es la prevención, siendo la comunicación el objeto del Control de Admisión y Permanencia El núcleo principal de los problemas; tiene que ver con una visión obsoleta de la actividad, vinculado a una concepción coactiva donde se actuaba reprimiendo las causas del problema, se respondía a la violencia con más violencia produciendo la escalada de la misma y que solo termina cuando se ha eliminado una de las causas del problema. Esta idea, fue tomada de un concepto antiguo utilizado en la seguridad pública en nuestro país, cuyo objeto es reducir los sujetos causantes de los daños o pérdidas. El Control de Admisión y Permanencia reviste una exigencia pocas veces pensada, no solo requiere de un manejo constante de situaciones de conflicto, sino también de un conocimiento profundo de las habilidades sociales. El Controlador debe, en todos los casos, mediar en los conflictos y lograr la resolución de los mismos en forma racional, controlada y jamás violenta, bregando siempre por la integridad de las personas. Sin embargo, para lograr este tipo de actitudes en los trabajadores es sumamente necesario modificar el perfil profesional de los mismos. La profesionalización de la actividad, da un código ético o deontológico que sirve de guía para la realización de este trabajo, cuyo primer valor debe ser el respeto a la vida.  RED PREVENTORES CONCORDIA, desea con el comienzo de estas capacitaciones cambiar las cosas pero, es necesario que el Estado, los empleadores y los concurrentes, unan criterios para revertir toda situación de violencia. Solo así cumpliremos con el lema que nos hemos propuesto  “QUE NADIE INVADA TU DIVERSIÓN, ESTAMOS PARA CUIDARTE”.


miércoles, 30 de noviembre de 2016

Histórico fallo en Tierra del Fuego: condenaron por trata a los dueños de un local nocturno



El veredicto de un juicio histórico se conoció este miércoles: el primero contra una red de trata con fines de explotación sexual impulsado por una de sus víctimas. Tras haber pasado más de 15 años atrapada, Alika Kinan Sánchez escuchó el fallo del Tribunal Oral Federal de Ushuaia. El principal imputado, Pedro Montoya, de 57 años, recibió una condena de siete años a prisión, y sus cómplices, Ivana García, de 38 años, y Lucy Alberca Campos, de 32, fueron sentenciadas a dos años de prisión. Inaugurado en 1996, el sitio alojaba a mujeres que eran captadas en distintos puntos del país por varias personas, mientras que sus dueños, los imputados Montoya y García las prostituían. La madrugada del 9 de octubre de 2012 fue allanado y clausurado por efectivos de Gendarmería y fueron liberadas siete víctimas, entre ellas Alika, de 40 años
"Las mujeres debían atender a los clientes y limpiar el lugar, ni a un animal se lo trata de esta manera. ¿De qué libertad podemos hablar cuando las víctimas son enjauladas psicológica y físicamente por los proxenetas? Sabemos por sus testimonios que los encargados las obligaban a realizar copas (incitar a los clientes a consumir tragos para ganar un porcentaje de los mismos) y pases (llevar a una habitación a los clientes para mantener relaciones sexuales) para luego retenerles un 50 % del dinero. Incluso les cobraban los profilácticos y los productos de limpieza", enfatizó la titular del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata (PNR), del Ministerio de Justicia de la Nación, Zaída Gatti, en una conversación con La Nación.

Durante el juicio, las tres víctimas declararon que dormían en las mismas habitaciones en las que eran prostituidas. También indicaron que uno de los métodos de coerción era obligarlas a estar con los clientes cuando ellas estaban menstruando, y las obligaban a ponerse una esponja en la vagina para que los hombres no se dieran cuenta. "Esto no es algo nuevo para nosotras, lo escuchamos hace años, es una realidad que se repite con el fin de no incomodar a los clientes, al igual que los embarazos, que deben ser interrumpidos para que las mujeres sigan trabajando", enfatizó Gatti.

"Aunque tuvieran la llave del prostíbulo, las víctimas de trata no se irían, porque están convencidas de que antes deben saldar muchas deudas. Además sabemos que cuando existe tal nivel de connivencia policial y municipal, la situación de vulnerabilidad de las víctimas se intensifica", continuó la titular del PNR. Las mujeres también estaban aisladas por la geografía de la ciudad trasandina, sólo se pueden acceder por aire o por mar.

En la última etapa del juicio, la defensa de los imputados presentó sus alegatos. Uno de los hechos más insólitos según los funcionarios que presenciaron el juicio, fue cuando el abogado de Campos intentó victimizar a su cliente, aduciendo que vivía en el mismo lugar que las chicas que prostituían y que por eso padeció el mismo calvario. Los argumentos del abogado defensor se extendieron por dos horas e hizo hincapié en una libreta sanitaria que también tenía Campos y que "cuidaba con toda su alma, porque si no, nadie le creería que era una «puta»". Sin embargo, la noche anterior, el fiscal del juicio había mostrado un recibo que probaba que Campos le había entregado 17.000 pesos a Montoya para ser socia de El Sheik y percibir una parte de las ganancias. A pesar de los intentos del abogado defensor, Campos percibió la misma condena que García.

Comenzar a vivir

"No sólo denunciamos a los proxenetas, sino a la parte del Estado cómplice. Durante el cautiverio nos entregamos al sometimiento: te sentís agradecida con los tratantes ya que existe una gran dependencia y es muy difícil salir de estas redes, porque ellos de una manera estratégica entran en tu vida a ocupar un lugar que tenés claramente vacío", explicó Alika a La Nación, indicando que cuando existe la participación del Estado, las mujeres llegan a creer que la situación que viven es completamente legal, y además, los dueños las llevaban a la comisaría local para tramitar su libreta sanitaria y así corroborar que no tenían enfermedades de transmisión sexual, como el VIH. En este sentido, se considera que el municipio de la ciudad fueguina estaba en plena complicidad con los proxenetas, en especial luego de trascender que Montoya era empleado municipal mientras regenteaba las mujeres en el cabaret. A los tres acusados y a la Municipalidad se les pidió una reparación económica de 2.365.067 de pesos.Por su parte, la Dirección de Comercio de la Municipalidad de Ushuaia expedía las libretas sanitarias para que las mujeres trabajaran en los clubes nocturnos y según las declaraciones de las víctimas, Montoya era un funcionario de la municipalidad.

"Cuando en 2009 viajamos con un equipo a La Pampa por un caso de trata sexual, descubrimos que existían ordenanzas municipales que obligaban a las alternadoras a someterse a cuidados ginecológicos. Inmediatamente sacamos una resolución para que las legislaciones se adecuen a lo que dicen las normas internacionales, más bien, a lo que prohíben: la explotación de la mujer", explicó el titular de la Protex, Marcelo Colombo. Según el fiscal - que también participó del juicio - estas ordenanzas tramposamente permiten la explotación sexual de las víctimas, y aunque en muchos municipios derogaron la ordenanza, eso no significa que la práctica se haya terminado.

Al ser la trata de personas el tercer negocio ilegal más rentable del mundo, después de las drogas y las armas, no es ninguna sorpresa que el mismo día que allanaron el cabaret El Sheik, también secuestraron 411.252 pesos, 4395 dólares, 605 euros, 1000 pesos chilenos y 5 dólares canadienses. Y en la casa del dueño del local e imputado, Montoya, se incautaron 262.537 pesos, 10 dólares de Nueva Zelanda y un arma de fuego. Sin embargo, durante las declaraciones que hizo en el juzgado, aseveró que a veces el lugar le daba pérdidas económicas, y que no era un negocio redituable.

Según las últimas estadísticas de la Organización Internacional de Trabajo, la explotación sexual con fines comerciales genera ganancias anuales de U$S 99,000 millones anuales.

Hubo movilizaciones en apoyo en apoyo a Alika y a las otras víctimas de trata, tanto en la Casa de Tierra del Fuego en la Ciudad de Buenos Aires, como a la salida del tribunal donde se dictó la sentencia en la ciudad de Ushuaia.

sábado, 19 de noviembre de 2016

El derecho de admisión tiene sus límites


estadio futbol

En los autos “B., M. E. s/art. 58 del CC”, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad confirmó la sentencia de grado que resolvió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba contra un hincha del Club Atlético Huracán.
En el caso, se le atribuyó al actor la conducta calificada en el artículo 58 del Código Contravencional por haber ingresado al estadio del Club Atlético Huracán con motivo del desarrollo del encuentro futbolístico llevado a cabo entre el equipo local y su par de Unión de Santa Fe, por el torneo de primera división “A” de la Asociación de Fútbol Argentino, encontrándose vigente la “restricción de acceso y permanencia dispuesta sobre su persona por el club organizador del evento”.
La jueza de primera instancia resolvió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba acordada por las partes por considerar "la conducta atribuida al actor atípica”. La magistrada sostuvo que la contravención que se le endilga al imputado “no habría llegado a consumarse por no haber llegado éste a ingresar al lugar objeto de prohibición –el estadio-, sino que habría quedado en grado de tentativa, la cual resulta jurídicamente irrelevante en virtud de lo dispuesto por el art. 12 CC”.
Contra dicha decisión, el Fiscal de grado interpuso un recurso de apelación por entender que “la jueza a quo incurrió en un claro exceso jurisdiccional en tanto decidió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba a pesar de la existencia de un acuerdo entre las partes, afectando el principio acusatorio y el debido proceso”.
Asimismo, refirió que, contrariamente a lo decidido por el a quo, el actor “efectivamente había llegado al lugar objeto de la prohibición –al estadio-, pues había traspasado los distintos anillos de contención que se anteponen a la entrada propiamente dicha del estadio”.
En este marco, el Tribunal explicó que la cuestión a dilucidar es "establecer si el lugar donde se constató la presencia del imputado se encuentra comprendido o no dentro del objeto de prohibición de la figura contravencional en estudio".
Al respecto, el artículo 58 del CC establece que “quien ingresa o permanece en lugares públicos, o de acceso público o privado, contra la voluntad expresa de quien tiene el derecho de admisión es sancionado/a con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos a un mil pesos”.
En relación al hecho de ingresar o permanecer, los jueces recordaron que “se ha dicho que se trata de contravenciones instantáneas, que se consuman en el momento en que el sujeto activo accede efectivamente al lugar contra la voluntad de quien puede excluirlo o, habiendo sido debidamente intimado, hace caso omiso de la indicación de retirarse”.
Sin embargo, los magistrados determinaron que el lugar donde se constató su presencia “no integra el sitio consignado en el acta de admisión, toda vez que la zona perimetral delimitada por los vallados de seguridad dispuestos para el desarrollo del evento futbolístico no comprende el término estadio”.
En consecuencia, los vocales concluyeron que la interpretación del término “estadio” efectuada por el recurrente, que “pretende extender los límites del mismo a la zona exterior delimitada por los anillos de seguridad dispuestos a efectos de controlar el ingreso de los espectadores, resulta excluida por la propia normativa invocada, por lo que deviene impropia”.

Creacion de Foros de Seguridad Pública Ciudadana para la Prevención del Delito y la Violencia y la Encuesta de Victimización.


Crear  un mapa del delito de acceso público al que los ciudadanos  podrán aportar datos
Es el punto saliente de un sistema Integral de Seguridad Pública. Confeccionar un mapa del delito que se nutrirá no sólo de datos policiales y judiciales sino de otros operadores estatales -agentes de Tránsito, bomberos, médicos , por caso- y, fundamentalmente, de la información de los propios vecinos. Ese mapa del delito será la "hoja de ruta" para establecer el despliegue policial, elaborar y ajustar las políticas de persecución criminal y para atender, a través de diversas agencias estatales, y sin necesidad de llegar a la respuesta "uniformada", toda situación de conflictividad. Los ciudadanos  podrán,  aportar información y experiencias sobre delitos (incluso aunque no los hayan denunciado formalmente en una seccional o ante la Justicia) a través de los nuevos Foros de Seguridad Pública  que funcionarán en cada una de las comisiones vecinales  y  la podrán  proponer medidas y acciones y evaluar la actuación policial . ante  los concejos de seguridad  locales  .También podrán consultar el mapa del delito georreferenciado, que podrá ser  puesto a disposición del público a través de Internet.  Establecer las conexiones orgánicas con  los distintos organismos encargados de hacer cumplir la ley a quienes se les solicitara  la información requerida  y publicar el Mapa del Delito y los datos del Sistema de Información para la Prevención del Delito y la Violencia  y la Encuesta de Victimización. Todas esas herramientas que conformaran el «Sistema de gestión de información de seguridad pública»". Ademas del mapa y que se recopilarán en él todos los delitos y datos de distintas fuentes (policía, justicia,  Servicios de Salud de emergencias , encuestas de victimización, foros vecinales) para elaborar la geografía de los problemas. Permitirá orientar mejor los recursos, prevenir, saber cómo evoluciona el delito". Prevenir es salvar vidas y derechos humanos.