viernes, 2 de diciembre de 2016

CERTIFICADO DE ASISTENCIA AL CURSO , SEMINARIO CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA

En el mes de noviembre se llevo a cabo el primer seminario sobre  Control de Admisión y Permanencia en nuestra ciudad   ,en el marco de la ley Nacional Ley 26.370 que establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.-Sancionada: Mayo 7 de 2008.-
Así también las temáticas de capacitación que requiere el controlador.,en este sentido cada trabajador recibirá su certificación de asistencia con material de apoyo ,para proseguir avanzando en  profesionalizar la actividad. 


RECONOCIMIENTO  DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA

Concordia, 27 de Octubre de 2016
N° 7.979

VISTO:

Que la RED DE PREVENTORES CONCORDIA, desarrollará un SEMINARIO –TALLER DERECHO DE ADMISION Y CONTROL, que se llevará a cabo este 5 de noviembre, en las instalaciones del Centro Cívico de Concordia, y,

CONSIDERANDO:

Que los controladores de admisión y permanencia son trabajadores en relación de dependencia, tarea para la que deben estar debidamente capacitados.

Que tiene, el citado taller, la finalidad de lograr se  cumplimenten las condiciones objetivas de Admisión y Permanencia determinadas por la Ley 26370 REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA (MJS y DD.HH).

Que dicha Ley establece las Reglas de Habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia del público en general para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.

Que asimismo la Ley 26370 regula las funciones del Contralor y obliga a los controladores a realizar la capacitación correspondiente para el ejercicio de la profesión como condición para la obtención de la habilitación profesional junto a otros requisitos.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD CONCORDIA 
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION

ARTÍCULO 1º.- Declárese de INTERÉS MUNICIPAL el SEMINARIO –TALLER DERECHO DE ADMISION Y CONTROL a desarrollarse por la RED DE PREVENTORES CONCORDIA, a llevarse a cabo este 5 de noviembre en el Centro de Convenciones de Concordia.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES “EVA PERON” 27 de Octubre de 2016

Sr. ARMANDO LUIS GAY
Presidente
Dra. DELIA TALLARICO DE SOAGE
Secretaria


DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 2 de noviembre de 2016






En todo evento y/o espectáculo de entretenimiento de público en general, ya sea que se desarrolle en un estadio, pub, disco, etc., existe una combinación de factores: estimulantes (música, alcohol, etc.), masiva concurrencia de gente (donde encontramos personas de diferente condición social, con actitudes e intereses diferentes, entre otras cuestiones), incapacidad por parte del Estado de lograr mecanismos de control constantes en el tiempo y sobre la totalidad de los eventos, entre otros. La combinación de todos estos elementos crea situaciones complejas, que solo es factible evitar o resolver favorablemente, a través de personal especializado en este tipo de actividad, que entienda que no deben agravar los riesgos, sino actuar con una concepción preventiva y con profundas convicciones en cuanto al respeto por las personas. Es imprescindible la capacitación para evitar cualquier situación que implique un riesgo para los que concurren a un local bailable u otro lugar de entretenimiento de público en general, ya que el fin último de la actividad es proteger la integridad de las personas, teniendo en cuenta un conjunto de técnicas, donde la concepción filosófica que debe primar en el ejercicio de la actividad es la prevención, siendo la comunicación el objeto del Control de Admisión y Permanencia El núcleo principal de los problemas; tiene que ver con una visión obsoleta de la actividad, vinculado a una concepción coactiva donde se actuaba reprimiendo las causas del problema, se respondía a la violencia con más violencia produciendo la escalada de la misma y que solo termina cuando se ha eliminado una de las causas del problema. Esta idea, fue tomada de un concepto antiguo utilizado en la seguridad pública en nuestro país, cuyo objeto es reducir los sujetos causantes de los daños o pérdidas. El Control de Admisión y Permanencia reviste una exigencia pocas veces pensada, no solo requiere de un manejo constante de situaciones de conflicto, sino también de un conocimiento profundo de las habilidades sociales. El Controlador debe, en todos los casos, mediar en los conflictos y lograr la resolución de los mismos en forma racional, controlada y jamás violenta, bregando siempre por la integridad de las personas. Sin embargo, para lograr este tipo de actitudes en los trabajadores es sumamente necesario modificar el perfil profesional de los mismos. La profesionalización de la actividad, da un código ético o deontológico que sirve de guía para la realización de este trabajo, cuyo primer valor debe ser el respeto a la vida.  RED PREVENTORES CONCORDIA, desea con el comienzo de estas capacitaciones cambiar las cosas pero, es necesario que el Estado, los empleadores y los concurrentes, unan criterios para revertir toda situación de violencia. Solo así cumpliremos con el lema que nos hemos propuesto  “QUE NADIE INVADA TU DIVERSIÓN, ESTAMOS PARA CUIDARTE”.


miércoles, 30 de noviembre de 2016

Histórico fallo en Tierra del Fuego: condenaron por trata a los dueños de un local nocturno



El veredicto de un juicio histórico se conoció este miércoles: el primero contra una red de trata con fines de explotación sexual impulsado por una de sus víctimas. Tras haber pasado más de 15 años atrapada, Alika Kinan Sánchez escuchó el fallo del Tribunal Oral Federal de Ushuaia. El principal imputado, Pedro Montoya, de 57 años, recibió una condena de siete años a prisión, y sus cómplices, Ivana García, de 38 años, y Lucy Alberca Campos, de 32, fueron sentenciadas a dos años de prisión. Inaugurado en 1996, el sitio alojaba a mujeres que eran captadas en distintos puntos del país por varias personas, mientras que sus dueños, los imputados Montoya y García las prostituían. La madrugada del 9 de octubre de 2012 fue allanado y clausurado por efectivos de Gendarmería y fueron liberadas siete víctimas, entre ellas Alika, de 40 años
"Las mujeres debían atender a los clientes y limpiar el lugar, ni a un animal se lo trata de esta manera. ¿De qué libertad podemos hablar cuando las víctimas son enjauladas psicológica y físicamente por los proxenetas? Sabemos por sus testimonios que los encargados las obligaban a realizar copas (incitar a los clientes a consumir tragos para ganar un porcentaje de los mismos) y pases (llevar a una habitación a los clientes para mantener relaciones sexuales) para luego retenerles un 50 % del dinero. Incluso les cobraban los profilácticos y los productos de limpieza", enfatizó la titular del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata (PNR), del Ministerio de Justicia de la Nación, Zaída Gatti, en una conversación con La Nación.

Durante el juicio, las tres víctimas declararon que dormían en las mismas habitaciones en las que eran prostituidas. También indicaron que uno de los métodos de coerción era obligarlas a estar con los clientes cuando ellas estaban menstruando, y las obligaban a ponerse una esponja en la vagina para que los hombres no se dieran cuenta. "Esto no es algo nuevo para nosotras, lo escuchamos hace años, es una realidad que se repite con el fin de no incomodar a los clientes, al igual que los embarazos, que deben ser interrumpidos para que las mujeres sigan trabajando", enfatizó Gatti.

"Aunque tuvieran la llave del prostíbulo, las víctimas de trata no se irían, porque están convencidas de que antes deben saldar muchas deudas. Además sabemos que cuando existe tal nivel de connivencia policial y municipal, la situación de vulnerabilidad de las víctimas se intensifica", continuó la titular del PNR. Las mujeres también estaban aisladas por la geografía de la ciudad trasandina, sólo se pueden acceder por aire o por mar.

En la última etapa del juicio, la defensa de los imputados presentó sus alegatos. Uno de los hechos más insólitos según los funcionarios que presenciaron el juicio, fue cuando el abogado de Campos intentó victimizar a su cliente, aduciendo que vivía en el mismo lugar que las chicas que prostituían y que por eso padeció el mismo calvario. Los argumentos del abogado defensor se extendieron por dos horas e hizo hincapié en una libreta sanitaria que también tenía Campos y que "cuidaba con toda su alma, porque si no, nadie le creería que era una «puta»". Sin embargo, la noche anterior, el fiscal del juicio había mostrado un recibo que probaba que Campos le había entregado 17.000 pesos a Montoya para ser socia de El Sheik y percibir una parte de las ganancias. A pesar de los intentos del abogado defensor, Campos percibió la misma condena que García.

Comenzar a vivir

"No sólo denunciamos a los proxenetas, sino a la parte del Estado cómplice. Durante el cautiverio nos entregamos al sometimiento: te sentís agradecida con los tratantes ya que existe una gran dependencia y es muy difícil salir de estas redes, porque ellos de una manera estratégica entran en tu vida a ocupar un lugar que tenés claramente vacío", explicó Alika a La Nación, indicando que cuando existe la participación del Estado, las mujeres llegan a creer que la situación que viven es completamente legal, y además, los dueños las llevaban a la comisaría local para tramitar su libreta sanitaria y así corroborar que no tenían enfermedades de transmisión sexual, como el VIH. En este sentido, se considera que el municipio de la ciudad fueguina estaba en plena complicidad con los proxenetas, en especial luego de trascender que Montoya era empleado municipal mientras regenteaba las mujeres en el cabaret. A los tres acusados y a la Municipalidad se les pidió una reparación económica de 2.365.067 de pesos.Por su parte, la Dirección de Comercio de la Municipalidad de Ushuaia expedía las libretas sanitarias para que las mujeres trabajaran en los clubes nocturnos y según las declaraciones de las víctimas, Montoya era un funcionario de la municipalidad.

"Cuando en 2009 viajamos con un equipo a La Pampa por un caso de trata sexual, descubrimos que existían ordenanzas municipales que obligaban a las alternadoras a someterse a cuidados ginecológicos. Inmediatamente sacamos una resolución para que las legislaciones se adecuen a lo que dicen las normas internacionales, más bien, a lo que prohíben: la explotación de la mujer", explicó el titular de la Protex, Marcelo Colombo. Según el fiscal - que también participó del juicio - estas ordenanzas tramposamente permiten la explotación sexual de las víctimas, y aunque en muchos municipios derogaron la ordenanza, eso no significa que la práctica se haya terminado.

Al ser la trata de personas el tercer negocio ilegal más rentable del mundo, después de las drogas y las armas, no es ninguna sorpresa que el mismo día que allanaron el cabaret El Sheik, también secuestraron 411.252 pesos, 4395 dólares, 605 euros, 1000 pesos chilenos y 5 dólares canadienses. Y en la casa del dueño del local e imputado, Montoya, se incautaron 262.537 pesos, 10 dólares de Nueva Zelanda y un arma de fuego. Sin embargo, durante las declaraciones que hizo en el juzgado, aseveró que a veces el lugar le daba pérdidas económicas, y que no era un negocio redituable.

Según las últimas estadísticas de la Organización Internacional de Trabajo, la explotación sexual con fines comerciales genera ganancias anuales de U$S 99,000 millones anuales.

Hubo movilizaciones en apoyo en apoyo a Alika y a las otras víctimas de trata, tanto en la Casa de Tierra del Fuego en la Ciudad de Buenos Aires, como a la salida del tribunal donde se dictó la sentencia en la ciudad de Ushuaia.

sábado, 19 de noviembre de 2016

El derecho de admisión tiene sus límites


estadio futbol

En los autos “B., M. E. s/art. 58 del CC”, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad confirmó la sentencia de grado que resolvió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba contra un hincha del Club Atlético Huracán.
En el caso, se le atribuyó al actor la conducta calificada en el artículo 58 del Código Contravencional por haber ingresado al estadio del Club Atlético Huracán con motivo del desarrollo del encuentro futbolístico llevado a cabo entre el equipo local y su par de Unión de Santa Fe, por el torneo de primera división “A” de la Asociación de Fútbol Argentino, encontrándose vigente la “restricción de acceso y permanencia dispuesta sobre su persona por el club organizador del evento”.
La jueza de primera instancia resolvió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba acordada por las partes por considerar "la conducta atribuida al actor atípica”. La magistrada sostuvo que la contravención que se le endilga al imputado “no habría llegado a consumarse por no haber llegado éste a ingresar al lugar objeto de prohibición –el estadio-, sino que habría quedado en grado de tentativa, la cual resulta jurídicamente irrelevante en virtud de lo dispuesto por el art. 12 CC”.
Contra dicha decisión, el Fiscal de grado interpuso un recurso de apelación por entender que “la jueza a quo incurrió en un claro exceso jurisdiccional en tanto decidió no hacer lugar a la suspensión del proceso a prueba a pesar de la existencia de un acuerdo entre las partes, afectando el principio acusatorio y el debido proceso”.
Asimismo, refirió que, contrariamente a lo decidido por el a quo, el actor “efectivamente había llegado al lugar objeto de la prohibición –al estadio-, pues había traspasado los distintos anillos de contención que se anteponen a la entrada propiamente dicha del estadio”.
En este marco, el Tribunal explicó que la cuestión a dilucidar es "establecer si el lugar donde se constató la presencia del imputado se encuentra comprendido o no dentro del objeto de prohibición de la figura contravencional en estudio".
Al respecto, el artículo 58 del CC establece que “quien ingresa o permanece en lugares públicos, o de acceso público o privado, contra la voluntad expresa de quien tiene el derecho de admisión es sancionado/a con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos a un mil pesos”.
En relación al hecho de ingresar o permanecer, los jueces recordaron que “se ha dicho que se trata de contravenciones instantáneas, que se consuman en el momento en que el sujeto activo accede efectivamente al lugar contra la voluntad de quien puede excluirlo o, habiendo sido debidamente intimado, hace caso omiso de la indicación de retirarse”.
Sin embargo, los magistrados determinaron que el lugar donde se constató su presencia “no integra el sitio consignado en el acta de admisión, toda vez que la zona perimetral delimitada por los vallados de seguridad dispuestos para el desarrollo del evento futbolístico no comprende el término estadio”.
En consecuencia, los vocales concluyeron que la interpretación del término “estadio” efectuada por el recurrente, que “pretende extender los límites del mismo a la zona exterior delimitada por los anillos de seguridad dispuestos a efectos de controlar el ingreso de los espectadores, resulta excluida por la propia normativa invocada, por lo que deviene impropia”.

Creacion de Foros de Seguridad Pública Ciudadana para la Prevención del Delito y la Violencia y la Encuesta de Victimización.


Crear  un mapa del delito de acceso público al que los ciudadanos  podrán aportar datos
Es el punto saliente de un sistema Integral de Seguridad Pública. Confeccionar un mapa del delito que se nutrirá no sólo de datos policiales y judiciales sino de otros operadores estatales -agentes de Tránsito, bomberos, médicos , por caso- y, fundamentalmente, de la información de los propios vecinos. Ese mapa del delito será la "hoja de ruta" para establecer el despliegue policial, elaborar y ajustar las políticas de persecución criminal y para atender, a través de diversas agencias estatales, y sin necesidad de llegar a la respuesta "uniformada", toda situación de conflictividad. Los ciudadanos  podrán,  aportar información y experiencias sobre delitos (incluso aunque no los hayan denunciado formalmente en una seccional o ante la Justicia) a través de los nuevos Foros de Seguridad Pública  que funcionarán en cada una de las comisiones vecinales  y  la podrán  proponer medidas y acciones y evaluar la actuación policial . ante  los concejos de seguridad  locales  .También podrán consultar el mapa del delito georreferenciado, que podrá ser  puesto a disposición del público a través de Internet.  Establecer las conexiones orgánicas con  los distintos organismos encargados de hacer cumplir la ley a quienes se les solicitara  la información requerida  y publicar el Mapa del Delito y los datos del Sistema de Información para la Prevención del Delito y la Violencia  y la Encuesta de Victimización. Todas esas herramientas que conformaran el «Sistema de gestión de información de seguridad pública»". Ademas del mapa y que se recopilarán en él todos los delitos y datos de distintas fuentes (policía, justicia,  Servicios de Salud de emergencias , encuestas de victimización, foros vecinales) para elaborar la geografía de los problemas. Permitirá orientar mejor los recursos, prevenir, saber cómo evoluciona el delito". Prevenir es salvar vidas y derechos humanos.

sábado, 5 de noviembre de 2016

Primer Seminario sobre Derecho de Admisión y Control en Concordia

Red Preventores Concordia desarrollo el primer Seminario Derecho de Admisión y Control con notable recepción , por partes de los trabajadores que realizan tareas de control de admisión y permanencia de público en general en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos .
Esta jornada de capacitación incluyo los siguientes contenidos :-Reglamentación de la Ley Nº 26.370. Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia. (MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS)., elementos básicos de derecho penal y procesal,análisis de riesgo , Nociones fundamentales sobre primeros auxilios para atender situaciones de asistencia sanitaria inmediata: RCP a cargo de Cruz Roja Argentina,Planeamiento Estratégico en los equipos de trabajos ,entre otros temas..
(Esta  capacitación ha sido declarada de Interés Municipal Honorable Concejo Deliberante Resolución 7.979 27 Octubre 2016).-
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domingo, 30 de octubre de 2016

Más de 150 trabajadores riojanos y bolivianos hacinados al sur de Concordia

Un operativo conjunto entre las secretarías de Trabajo e Higiene y Seguridad, dependientes del gobierno de la provincia, identificó a más de un centenar de trabajadores golondrinas que estaban “en condiciones totalmente inhabitables”.


Horacio Guattini, Delegado Departamental en Concordia de la Secretaría de Trabajo de la provincia, precisó a Diario Río Uruguay que en la zona de Calabacilla se encontraron “con cerca de 150 trabajadores oriundos de la provincia de La Rioja y la República de Bolivia, que vinieron a la zona para trabajar en la cosecha del arándano”.
Guattini dijo que estas personas estaban amontonadas en espacios reducidos, citando por ejemplo que “en una pieza de 4 x 4 dormían unas 15 personas, con cuchetas que llegaban hasta al techo”, y que obviamente “no tienen un lugar ni siquiera para que coloquen una cocina”.
Como así también situaciones más extremas con trabajadores colocados “en conteiners de 2,50 por 4,50, y en cada uno de ellos ocho camas amontonadas”. A lo que agregó la presencia de “unos pocos baños químicos y otros a la intemperie”.
El funcionario puntualizó que estas personas vinieron a la región de Salto Grande tras haber sido contactadas por un hombre al que identificaron como Marcelo Gutiérrez, quien sería contratista de plantaciones arandaneras

sábado, 29 de octubre de 2016

Cursos virtuales para agentes de control y fiscalización y seminarios para docentes sobre seguridad vial


Los cursos virtuales se enmarcan dentro de las acciones que lleva adelante el Centro de Formación con el fin proveer espacios de formación e intercambio mediante el uso de herramientas que faciliten los procesos de enseñanza-aprendizaje a distancia.
Con esto se hace  extensiva la formación en seguridad y educación vial a todos los rincones de nuestro país.
Más información: 
http://www.seguridadvial.gov.ar/centro-de-formacion/cursos-virtuales
seminariovirtual@seguridadvial.gov.ar

miércoles, 26 de octubre de 2016

Qué es y cuáles son los límites del derecho de admisión

Qué criterios son válidos, según la ley, para negarle la entrada a alguien a un local.

El derecho de admisión que cada local se reserva implica que pueden decidir bajo criterios objetivos a quiénes se les permitirá la entrada a un lugar, pero en ningún caso ello habilita la discriminación. Un repaso de las leyes y la situación actual.

La Ley 26.370, sancionada en mayo de 2008, regula el derecho de admisión en los eventos y espectáculos públicos, que ocurren en espacios privados destinados al uso público: bares, locales bailables, restaurantes y locales de espectáculos, entre otros.

La ley establece en su cuarto artículo que el derecho de admisión y permanencia es “el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia”.

A su vez impone un límite para el ejercicio de ese derecho al indicar que “no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos”.

La norma también regula la actividad de los controladores de admisión y permanencia, conocidos en la jerga como “patovicas”. En ese sentido, el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Control y Admisión y Permanencia de la República Argentina (Sutcapra), Leandro Nazarre, consideró que es una herramienta elemental para evitar que el dueño del boliche “haga lo que quiera”.

El personal de control podrá impedir la admisión y permanencia en los casos exclusivos enumerados en el artículo once de la ley, como cuando existan personas que manifiesten actitudes violentas, porten armas, tengan evidentes síntomas de haber consumido sustancias alucinógenas o estupefacientes, o por condiciones objetivas. Por ejemplo, el dueño podrá impedir que entren personas con ojotas o camisetas de fútbol, pero esto deberá ser igual para todos.

El problema de esta norma es que al tratarse la seguridad de una facultad no delegada por las provincias, cada jurisdicción debe adherir y reglamentar la ley nacional para que tenga vigencia en su territorio. Las únicas provincias que adhirieron son Buenos Aires, Chaco, Chubut, Río Negro, Salta, Santa Cruz y Santa Fe pero las dos últimas aún no reglamentaron la ley. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el único distrito que adhirió a la Ley en 2011, no la reglamentó y en 2013 derogó la Ley 4010, por la que se adhería a la nacional.

“En la única que se cumple es en la provincia de Buenos Aires”, explicó a Chequeado Oscar Castellucci, fundador de la Asociación Civil Martín Castellucci, que lleva el nombre de su hijo asesinado por un “patovica” en diciembre de 2006. Nazarre coincidió con Castelluci, aunque agregó que falta profundizar y mejorar la implementación.

Qué otras normas protegen contra la discriminación

-La Constitución Nacional, en su artículo 16, establece la igualdad ante la ley.

-La ley contra actos discriminatorios, sancionada en 1988, establece que se consideran actos u omisiones discriminatorios los determinados por motivos de raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.

-La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que tiene jerarquía constitucional desde 1994, dispone en su artículo quinto que los Estados partes se comprometen a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico en el goce del derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques.

La casa se reserva el derecho de admisión


Las frase aparece estampada en carteles más o menos visibles en algunos locales o directamente la menciona el dueño de un comercio ante variadas circunstancias. Pese a los avances en materia de derechos civiles, esa difusa afirmación pervive y roza la frontera con la discriminación directa. ¿Qué pasa cuando alguien se niega a acatarla y se defiende?


El último jueves un joven trató de ingresar a un restaurant rosarino, pero le fue impedido su acceso por usar bermudas (que incluso le cubrían sus rodillas). Al mismo tiempo, una mujer ingresaba al mismo local con un diminuto (y atractivo) short. Ante el reclamo del joven, la respuesta no se hizo esperar: esas son "las reglas", dijeron, la casa se reserva el "derecho de admisión" (y pareciera se reservaba también el monopolio de la estética). El hecho puede constituir tan sólo una anécdota sin mayor trascendencia. Sin embargo, recordé lo que le ocurrió en la década de los 90 al prestigioso constitucionalista Germán Bidart Campos, cuando en una confitería de Recoleta le pidieron que se retirara en razón de su vestimenta: tenía una remera sin cuello y sin mangas pese a que varias mujeres lucían blusas escotadas similares y sin embargo, no habían sido molestadas. El ya fallecido jurista contó el caso en Cartas de Lectores del Diario La Nación e indignado, hizo la denuncia bajo el rótulo de "discriminación".

Casos mucho más graves ocurren reiteradamente, todos los días. Hace unos años en el restaurant de un hotel de Venado Tuerto una rosarina invitó a dos chicos que pedían limosna a compartir su mesa: no sólo hicieron retirar a los niños sino que al otro día echaron a la huesped del hotel por ese motivo. Todos recordamos cuando dos chicas fueron obligadas a irse de un pub en Rosario porque se besaban: "estaban a los besos 'mal', adelante de toda la gente" dijo el propietario y agregó: "acá no pueden manifestar su condición sexual".

Es que en definitiva, lo que sobrevive en estos casos, pese a los avances en materia de derechos civiles, es ese difuso y arbitrario "derecho de admisión" de los propietarios de locales comerciales, que en realidad muchas veces, se convierte en el verdadero rostro que adopta la discriminación.

Discrimina quien restringe o impide el ejercicio y goce de los derechos y libertades en condiciones de igualdad frente a otros por razones tan variadas como la posición económica (que entre otras cosas, exterioriza la vestimenta), los aspectos físicos, el sexo, la raza o la religión. Adviértase que bajo el pretexto del derecho de admisión, los modernos inquisidores, restringen derechos en razón no de actos sino de personalidades o de "categoría" de personas. Aplican de facto el "derecho penal de autor". El dueño del pub rosarino no podía censurar el bello acto de besar (de hecho se lo permitía a parejas heterosexuales) sino que, convertido en cruzado de la "moral" ciudadana, les impedía besarse a determinadas personas: a dos mujeres entre sí.

Las confusiones y lo jurídico.

Los titulares de locales -y algunos sectores- defienden el derecho de admisión, basados en notorias confusiones argumentales: "soy el dueño del local y tengo derecho como propietario a dejar entrar y echar a quien quiera", dicen. Y esto no es esencialmente así. Hay tres tipos de casos diferentes cuando nos referimos a este tema: 1) el espacio "público"; 2) el espacio "privado"; 3) el espacio "privado destinado al uso público". No hay duda que el propietario de su casa puede impedir el acceso a quien se le ocurra porque la propiedad y el domicilio son inviolables: es más, sólo mediante una orden judicial se podrá allanar un domicilio. Tampoco parece haber discusión sobre los lugares públicos, (plazas, calles): todos los habitantes tienen igual derecho a su uso y goce sin restricciones. Pero en referencia al espacio "privado destinado al uso público" (restaurantes, locales de espectáculos, bares, hoteles, etc), es decir, sitios particulares pero dedicados al acceso del público, parece que las cosas se confunden. Es cierto que un bar o una discoteca puede ser propiedad privada pero el dueño de ese negocio está proponiendo una actividad pública y por tanto, está sujeta a reglas y normas también públicas: seguridad, higiene, bromatología, medio ambiente, según los casos, que no está obligado necesariamente a cumplir cuando se trata de su domicilio particular. Discriminar, no sólo no es un "derecho" de ningún propietario sino que está prohibido por la normativa vigente.

En efecto, la ley nacional 26.370 referida a "espectáculos públicos" que establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público, aclara que no pueden tomarse decisiones que sean "contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos".

Por ende, toda restricción al acceso de personas a espacios privados pero de uso público, incluido el derecho de admisión a espectáculos, no podrá quedar al arbitrio, al humor o la moral de propietarios, patovicas, dirigentes o funcionarios, sino que deberá tener fuente legal o judicial. Quienes en espectáculos produzcan actos violentos, promuevan disturbios, porten armas o amenacen a terceros deberán ser puestos a disposición de la autoridad pública competente (judicial) que, en su caso, decidirá y hasta podrá impedir el acceso en determinadas ocasiones. Los principios de legalidad y de razonabilidad deben convertirse en vallas infranqueables para los abusos del llamado derecho de admisión.

Nuestro derecho, por lo menos en sus textos, rechaza toda forma de discriminación, especialmente sobre los espacios destinados al uso público. Las leyes de fondo como la ley antidiscriminatoria 23.592 y la Constitución reformada en 1994 que adopta con igual jerarquía la Convención Internacional sobre la "Eliminación de todas las formas de Discriminación racial" dice que discrimina quien impida a toda persona "el derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques" (art. 5to, f).

La ciudad de Rosario del mismo modo, en ordenanzas municipales vigentes sanciona hasta con la clausura de locales, actos discriminatorios (desde la Ordenanza 4884/90, hasta 7946/06 que modifica la 6321/96). También durante la gestión del Intendente Miguel Lifschitz, se sancionan una serie de Normativas de vanguardia sobre Diversidad Sexual que van en igual sentido tuitivo, en este caso, de los derechos de LGByT.

El valor de decir "No".

Por fin, digamos que no debemos "naturalizar" los actos discriminatorios por menores e insignificantes que parezcan y también recordar que los avances democratizadores e igualitarios se consiguieron a fuerza de resistencia y de lucha. Cuando la costurera negra Rosa Parks en diciembre de 1955 se negó a dejar su asiento a un blanco en el ómnibus que la transportaba (los blancos y los negros no podían sentarse en la misma fila), ese "no" significó su arresto pero también el inicio del fin de la segregación racial en el transporte público norteamericano consagrado definitivamente un año más tarde en un fallo de la Corte Suprema de EE.UU. Tampoco basta con la individual actitud de no sentirnos culpables porque "nosotros" no discriminamos: se trata de obligar e impedir que otros lo hagan, porque como se ha dicho y sabemos, lo esencial para diplomarse en racismo es siempre la oportunidad.

*Doctor en Derecho. Prof. Derecho Político-Facultad Derecho, U.N.R

lunes, 10 de octubre de 2016

Concordia: Seminario taller de derecho de admisión y control

Lanzamiento miércoles 12 de octubre, 9 hs., Centro de Convenciones ,presentación de los contenidos del seminario 

Disertantes:
Lic.Cisario Ppal R.E HECTOR HUGO OLIVERA
Lic.AYALA AUGUSTO


Los Controladores de admisión y permanencia son trabajadores en relación de dependencia, que tienen que estar capacitados acordes a las exigencias legales vigentes, buscando desarrollar un camino profesional. Prevenir es salvar vidas y derechos humanos. Tendrá, como mínimo exigible, los contenidos detallados a continuación:
-Reglamentación de la Ley Nº 26.370. Registro Nacional de Empresas y
Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia. (MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS).-


  • Derechos humanos.
  • Nociones de derecho constitucional.
  • Nociones de derecho penal.
  • Control de admisión y permanencia
  • Nociones básicas de adicciones.
  • Control de admisión y permanencia
  • Seguridad contra siniestros
  • Comunicación no violenta
  • Primeros auxilios.
  • Técnicas de neutralización de agresiones físicas
  • Impacto de la Gestión de La calidad en una Organización.


domingo, 2 de octubre de 2016

Exitosa primera expo 1 ra. Expo Bomberos Voluntarios Concordia

Exitosa primera expo Bomberos:

Colmó las expectativas,conto con importantes números artísticos,artesanías y las ONG como Red Preventores Concordia ,APPIMA, A. C y C.N.A entre otras ,pudieron relatar sus actividades y expectativas en el Centro de Convenciones Concordia.

 





martes, 27 de septiembre de 2016

Hoy lapidamos a una mujer y en ella a todas. Un video hot.



¿Las redes sociales problematizan nuestro cotidiano andar? Observamos incontables llamados a poner atención sobre todo en los jóvenes, estigmatizando a los mismos, como si la «estupidez y banalidad» fuera un atributo de ellos.
 Pero, ¿dónde poner el acento, en las redes sociales, o en los sujetos que manipulamos la misma? Para ser bien explícito no es un problema de tecnologías, llámense cámaras, audios, teléfonos etc., lo que debemos poner en tensión es la idea del sujeto moderno y el orden sexual, político y sociocultural que lo produce.
Cuando se enuncia como carácter de las sociedades occidentales el «patriarcado», «machismo» «falo centrismo», pareciera que no se logra nunca comprender, sus implicancias, no logramos hacer la proyección cotidiana de estos dispositivos. La mujer viene desigualada desde siglos, su lugar desventajoso está naturalizado e «invisibilizado» (aunque es un secreto a voces). El cuerpo de una joven es territorio en disputa, es el escenario de una guerra, entre los gozadores del abuso del poder, en todos sus tipos y modalidades: simbólicas, mediáticas, físicas, psicológicas, etc. y quienes depositan allí, sus frustraciones, impotencias, violencias y demás, pero por sobre todo su cosmovisión patriarcal, sus subjetividades machistas.
Hoy, el país habla de un video hot; hoy lapidamos a una mujer y en ella a todas; se ve el video, se comenta de él, se realizan humoradas, ridiculizamos, compartimos en redes sociales y desde allí se refuerzan y legitiman estos patrones estereotipados de violencia por la condición de mujer y de forma inversa prestigian a los «sementales machitos» por la caza de la presa, por el trofeo conseguido, para nada descolgada de la búsqueda incesante en su deporte elegido, tan competitivo e individualista, como la propuesta de sociedad neoliberal que nos atraviesa desde la última e infame dictadura cívico militar.
¿Cuánta «conciencia y responsabilidad» se puede pedir a una joven que produce subjetividad en una sociedad espectáculo, de cánones estéticos superficiales, consumistas, individualistas y banales?
Un evento como al que aludimos no está desconectado, o aislado de una sociedad que vive y tiene un proyecto existencial, capitalista, meritocrático, que construye estereotipos que impone a través de sus redes de poderes, sus industrias de la belleza, del éxito, de la comunicación y la publicidad, del miedo o la diversión, etc.
No se ve con el ojo biológico, (él es solo la lente, el instrumento) de una visión, que proyecta la mirada política, ideológica y cultural.
¿De dónde procede esta mirada violenta, sexista, cosificadora, discriminatoria, que apunta sobre el cuerpo de una joven mujer y la destruye con su «doble moral», con un «deber ser» que es un panfleto de una moralina machista y cruel?
Los opinólogos presocráticos y los voyeuristas impotentes y morbosos, la eyectaron al centro del «circo romano», para ritualizar el espectáculo al que nos invitan los «educados» con la «pedagogía de la crueldad» en términos del planteo de la antropóloga Rita Segato, y como si no bastare, se observa la falta de «sororidad» de las mujeres (en palabras de Marcela Lagarde), para con una compañera de género, y como mínimos de parte de los hombres más plurales, cierta «apatía y llamado a silencio».
¿Es responsabilidad de la joven vivir en una sociedad que parecería, te vacía de sentido?
Las violencias están en un continuo, en un horizonte común de sentidos, saber y poder, un trazo que contiene los micro machismos en un extremo y en su opuesto a los feminicidios. Las micro prácticas están dadas por esta construcción de la mujer objeto, ellos están rodeados de mujeres objetualizadas, «promotoras», «modelos», las imágenes de las carreras hablan de trofeos por todos lados y esta joven mujer, venía siendo objeto del machismo reinante en un deporte de «hombres», en donde ganar es imponer el poder total.
Un video cargado de violencia, que destila asimetría de poder del macho, en un supuesto juego «sexual», donde la violencia física, simbólica, psicológica y sexual, siempre se dirige a la mujer.
Los medios de comunicación y las redes sociales, ahora mismo hacen circular los diálogos entre los circunstanciales «actores de estos videos Hot», todos ellos, enunciados de un juego lingüístico, donde pareciera la prueba de un actuar consciente y de ejercer una práctica con «todas las facultades racionales», ello, alcanza para que los «tribunales de la razón banal» sentencien sin piedad a la hoguera, y los «fiscales de la vida ajena» nos den cátedras de como intervenir la vida privada, siempre en defensa de las «buenas costumbres y la sana razón».
Un evento como este no puede soslayar el rol de las instituciones, del estado y la sociedad civil, aquí no están en discusión tres jóvenes, aquí debemos poner en debate el proyecto existencial de nuestra sociedad, ellos solo son una pequeña lente, que nos muestran quiénes somos como colectivo humano.

*Prof. de Historia - Ex Coordinador del COPNAF - Titular de la Cátedra Introducción a los Estudios de Género (Nivel Superior - Esc. Normal)- Pte. de Asociación Civil LEGO
 

viernes, 16 de septiembre de 2016

CURSO DE PREVENCIÓN Y CAPACITACION SOBRE EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS

 Apoyando las actividades de la fundación María de los Ángeles, abordaje prevención Trata de Personas. licenciada Any Kahansky y la doctora Natalia Carnnella. En referencia a las luchas que marcaron un rumbo en nuestro País, Susana Trimarco, desde el secuestro y desaparición de su hija el 3 de Abril 2002, encaro una desesperada búsqueda y en el camino puso al descubierto el delito de trata de personas . El 19 de Octubre 2007, creo la fundación para brindar asistencia integral a las victimas , contención y asesoramiento a las victimas. Prevenir es salvar vidas y derechos humanos.

La presente capacitación estuvo destinada a sensibilizar y profundizar los conocimiento generales del delito de trata de personas en nuestro país ,el cual estuvo dirigido a operarios policiales,docentes y comunidad en general ,para concientizar  a la comunidad la complejidad de este flagelo.

Me Gusta El Mate Sin Trabajo Infantil - Documental

lunes, 15 de agosto de 2016

EEUU: un nene de 13 años era víctima de bullying y se suicidó



Daniel Fitzpatrick, de 13 años, fue encontrado muerto en el ático de su casa en Staten Island (Nueva York) por una de sus hermanas. El niño se suicidó tras sufrir de acoso sistemático por parte de sus compañeros, y ante la inacción de sus profesores.

Apenas un mes antes había escrito la carta en la que decía "me rendí. Los profesores no hicieron nada". En esas líneas Daniel puso nombre a los compañeros que lo molestaban y como acabó peleándose una vez con uno ellos. "Me acosaron y lo hicieron constantemente", se puede leer en el texto.

"Mrs. Goldrick (la directora) no hizo nada", escribió Danny, que sólo tuvo palabras cariñosas hacia Ms. D'Alora, una profesora. "Ella me comprendió e hizo algo, pero no duro mucho", contó. 

Su mamá, Maureen Fitzpatrick, lamentó en el diario que su hijo -al que describía como sensible- hubiese tenido que morir para ser escuchado. Este otoño Danny iba a empezar las clases en otro colegio. El centro Holy Angels Catholic Academy había sugerido que el niño repitiese curso en otro lugar.

Según detalló su padre, Daniel Fitzpatrick, la directora les indicó que ese no era "un buen ambiente" para Danny, en lugar de proponer una solución. Desde la diócesis a la que pertenece el colegio se emitió un comunicado señalando que "la directora, los profesores y los alumnos de la Holy Angels Catholic Academy estaban destrozados por la pérdida de Daniel Fitzpatrick".

Según explicaron los padres al Daily News, Danny era acosado en la clase de gimnasia y que fue humillado en clase por un maestro. "Decía que tenía miedo de sus profesores", recordaba Maureen.


sábado, 6 de agosto de 2016

La nomofobia en los adolescentes




Es probable que encontréis en cada esquina, y no solo de la casa, sino también de la calle, a adolescentes en grupo o en solitario, silenciosos, cabizbajos y pendientes única y exclusivamente de una cosa: su móvil. Embobados y con los ojos casi secos de no despegar la mirada de sus pantallas pasan los días, cuando sus obligaciones más inmediatas no se lo impiden, sin que, a simple vista, mucho más les importe.

Se trata de los nativos digitales, jóvenes inexpertos, sin habilidades para actuar cada a cara, que están perdiendo sus herramientas de comunicación naturales al servicio de las tecnológicas, según valora el psicólogo Marc Masip.

Además, otro problema que surge es lo que pasa cuando a estos adolescentes no se les permite tener acceso durante un tiempo limitado a su teléfono o a su Tablet por estar en clase o realizando algún tipo de deber: que bastantes de ellos dan muestra de una grave afección que comienza a preocupar a los adultos. Hablamos de la nomofobia, es decir, el miedo irracional a no estar totalmente disponible en el móvil.

De hecho, según un estudio de Desconect@(@psicodesconecta), iniciativa impulsada por Masip, en 2013 el 77% de los usuarios con Smartphone padecía esta enfermedad y el 21,3% de los adolescentes españoles es adicto a la Red, 8,6 puntos por encima de la media europea. Datos que se han ido incrementando en los últimos años.

“Enganchados al móvil perdemos lo más bonito de la vida, el contacto humano, ya que un emoticono nunca podrá ser lo mismo que una carcajada que nos diferencia de los animales”. Además, a esta falta real de expresión de sentimientos y a los efectos de la nomofobia, el psicólogo le suma peligros de poder escudarse tras una pantalla como el ciberbullying (acoso escolar a través de la Red) o el sexting (envío de contenidos eróticos o pornográficos por medio de teléfonos móviles).

Desconect@, una plataforma contra la adicción a las tecnologías

La iniciativa Desconect@ es un programa que pretende ayudar a los jóvenes a utilizar de forma adecuada las herramientas tecnológicas a su alcance. Tratar de que tomen conciencia de sus ventajas, inconvenientes y riesgos a través de actividades grupales dinámicas y de la atención de sus preocupaciones reales, con lo que reencaminen sus relaciones con el móvil y con las redes sociales.

Una de sus acciones más interesantes, llevada a cabo junto a la empresa barcelonesa iBoo Mobile (@iBooMobile), ha sido el lanzamiento de FaceUp, una app que pretende hacer reflexionar al usuario sobre un uso absorbente del móvil a través de estadísticas del tiempo y modo de utilización del dispositivo y que plantea retos como no consultar el aparato durante las comidas o cuando se está en cama.

Por David Casas (@casas_castro)

martes, 19 de julio de 2016

"Entre Ríos es un lugar de explotación sexual"



El fiscal Marcelo Colombo desde hace varios años está a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), una unidad fiscal que brinda asistencia y acompañamiento a los fiscales que investigan a las mafias de los prostíbulos y a los empresarios que explotan a trabajadores en el campo.

A tanto llega su reconocimiento que la candidata a presidenta de los Estados Unidos, Hillary Clinton, le concedió en 2012 el Premio a los Héroes contra la Trata de Personas por su compromiso en la lucha contra esta nueva forma de esclavitud.
Trata sexual y laboral

–¿Cuál es el rol de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas?
–La Protex está pensada como una unidad fiscal de apoyo a los fiscales federales de todo el país. Colaboramos en detectar, investigar y litigar los casos en juicio oral, con distintas características. Podemos iniciar investigaciones preliminares en todo el país, pero una vez que hacemos la denuncia, en la jurisdicción que fuera, el caso queda en manos del fiscal de esa jurisdicción y a partir de ahí nuestra intervención es más indirecta, es decir, podemos colaborar pero siempre y cuando el fiscal nos convoque. Básicamente, la idea de la unidad es asistir a los fiscales, fijar protocolos de actuación, tratamos de identificar cuáles son los focos de problemas que puede tener un fiscal cuando investiga un caso de trata y bajamos lineamientos generales para ello. También hacemos recopilación de sentencias y procesamientos y hacemos análisis cualitativos sobre la dinámica de la trata sexual y laboral.

–La Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a las Víctimas ya tiene ocho años de vigencia. ¿Se ha podido armar un mapa de la trata en el país o establecer las características de esta modalidad delictiva?
–Tenemos lo que llamamos trata sexual y trata laboral. En los últimos tres años hay un avance de más sentencias y procesamientos por trata laboral que antes, aunque el porcentaje sigue siendo más alto en el caso de trata sexual. El 75% de las condenas son por trata sexual, frente al 25% de condenas por trata laboral. En lo que es el mercado de explotación laboral, los casos que más han llegado a juicio son en el sector agropecuario y en los talleres textiles en la Ciudad de Buenos Aires, también hay casos de servidumbre doméstica y han empezado a emerger casos en ladrilleras y en el sector de la construcción. La mayoría de las víctimas provienen de Bolivia, principalmente en el sector textil, que es el que más condenas tiene; y también los victimarios son de nacionalidad boliviana, por la propia lógica de cómo se fueron consolidando y segmentando los talleres de producción de indumentaria. Por ejemplo, se ha detectado que a medida que cada taller necesita incrementar la producción, lo que hacen es encargar a quienes están a cargo que traigan a alguien más de Bolivia, quizá un familiar o un amigo, para que se abra un pequeño taller. Entonces ocurre que gente que explote ahora, ha sido explotada hace cinco años. En lo que hace a explotación sexual, hay un alto porcentaje de víctimas procedentes de Bolivia, Paraguay, Argentina y República Dominicana; y los lugares de explotación siguen estando en el sur y en las grandes ciudades.

–En ese escenario, ¿cómo está Entre Ríos y qué lugar ocupa en el mapa nacional?
–En Argentina ocurren todas las modalidades del delito de trata: captación, transporte y explotación. Yo diría que Entre Ríos es un lugar de explotación. Hay muchas unidades explotativas, mercados prostibularios y también se explota personas en establecimientos agropecuarios. Lo que también tiene Entre Ríos es la Ruta Nacional 14, donde se habían instalado varios prostíbulos reconocidos hasta que fueron cerrados. Eso hace que tenga las características de lugar de explotación, pero también hay que destacar la decisión de ir hacia delante con el cierre de prostíbulos y un compromiso político para su erradicación.

Nuevas Formas 

Una característica que muestran las redes de trata es la capacidad de evolución permanente en las formas de explotación. La prohibición de los prostíbulos hizo que aquellos que antes funcionaban con habilitaciones precarias de los municipios o al costado de las rutas ahora se concentren en departamentos privados, bajo el eufemismo de las masajistas, por ejemplo.

–Las redes de trata están mutando permanentemente las formas de sometimiento de las mujeres para que resulte más complicado probar que están esclavizadas. ¿Cómo se trabaja para detectar las nuevas modalidades delictivas?
–Lo que notamos desde 2008 hasta ahora, como diferencia con los primeros casos, es que hay menos casos de explotación sexual de menores, lo que lleva a pensar que las organizaciones se están cubriendo un poco más y no están utilizando menores para la explotación, porque eso las dejaba muy en evidencia; y, por otro lado, se advierte que antes había más casos de lo que nosotros denominamos "trata dura", que son aquellos donde hay condiciones de encierro, situaciones de ablande y una utilización de la fuerza. La mutación del delito hace mucho más difíciles las investigaciones de trata porque se dan restricciones mucho menos evidentes de la libertad, controles más sutiles o establecimiento de deudas, que son formas de dominio que te dejan siempre con muy pocas chances de elegir otra posibilidad que no sea el sometimiento; y además eso hace que a algunos jueces les cueste más ver un caso de trata ahí. 

–¿Qué nuevas modalidades de explotación se han detectado?
–Algo nuevo que ha surgido en los privados de la Ciudad de Buenos Aires son situaciones de explotación sexual donde las mismas mujeres se presentan como integrantes de una cooperativa, es decir, cuatro chicas que se juntan en un departamento, pagan los gastos en forma solidaria y cada una atiende individualmente. A veces te dicen que viven en ese lugar y cuando abrís los placares no hay nada o les preguntás con quién firmaron el contrato de locación y no saben, entonces ahí se empieza como a desnudar esa excusa que les imponen los explotadores. Otra cosa que estamos viendo son formas de explotación en los spa, donde hay muchas mujeres que se han inscripto como masajistas y monotributistas, pero cuando se indaga un poco, resulta que solo atienden a hombres; también los grupos swinger, donde hay una cabeza que está ideando ese tipo de encuentros y poniendo en esa fiesta a mujeres en situación de prostitución para que presten servicios sexuales con clientes que van y pagan. Esos son los casos más vidriosos y más complicados de probar, porque muchas veces los jueces se quedan con el primer relato de las víctimas y cierran el caso.
–Eso también revela, sin caer en generalizaciones, una falta de capacitación y de conciencia de los operadores judiciales.
–Creo que lo segundo. Pero también implica asumir una resignificación del rol del fiscal, que todavía está en construcción, porque nosotros estamos peleando por un sistema acusatorio donde nos den las plenas facultades para investigar, que seamos los verdaderos titulares de la acción pública. El fiscal es el tipo que tiene que llevar adelante una investigación, defender su caso en un juicio y salir a explicar en términos razonables y lo más llanamente posible cómo hace las cosas, porque en definitiva está defendiendo los intereses de todos. Nosotros, como fiscales, tenemos la obligación de explicar en un juicio lo que es una explotación sexual de una manera que la entiendan, no solamente los jueces sino el público, y cuáles son los daños genera, para que eso tenga también un reproche social. En los juicios por jurados eso se ve muy claramente porque hay que convencer al lego de la acusación que uno está haciendo.
Las redes detrás de la explotación
Las investigaciones judiciales realizadas en la provincia no han detectado grandes organizaciones criminales detrás del delito de trata ni exportación de mujeres a otros países. Sin embargo, informes policiales advierten que tras el cierre de prostíbulos dispuesto por ley en el año 2012, muchos de esos proxenetas que regenteaban locales en Entre Ríos instalaron sus negocios en la República Oriental del Uruguay y que la gran mayoría comenzó a trabajar con el negocio del narcotráfico.
–¿Se han detectados grandes redes de trata en la Argentina?
–Hace dos o tres años te hubiese dicho que no; hoy te digo que algunas se han detectado y, lo que es más importante, se han condenado. En Mar del Plata hemos logrado la condena de una organización muy importante que llevaba chicas hasta un prostíbulo madrileño que se llama El Mirador, que es el primer caso donde se detectó trata trasnacional y transoceánica. Hay otros casos, por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires estamos llevando a juicio a cinco explotadores sexuales que tenían varios prostíbulos de los denominados privados, y una pareja que es muy conocida, que uno de ellos empezó como tarjetero y terminó teniendo un emporio de privados; en La Pampa hay dos intendentes procesados y también está el caso del fiscal federal de Paso de los Libres. En ese sentido, se nota que hay un avance en eso y nos deja con perspectivas satisfactorias, porque cuando uno se enfrenta a organizaciones de estas características, sirve para demostrar que no siempre se corta el hilo por lo más delgado, que es muchas veces la lógica del sistema penal, y eso permite mirar el futuro con más optimismo.
–¿Qué características son las que definen a una organización o red de trata?
–Nosotros tenemos tres reglas al momento de elegir casos en los cuales involucrarnos y colaborar con los fiscales, que surgen del Protocolo de Lucha contra el Crimen Organizado de las Naciones Unidas: primero, si hay una investigación patrimonial respecto de la organización, para poder después decomisar esos bienes; segundo, si hay complicidad de funcionarios públicos, porque eso significa que se trata de una organización que ha logrado generarse impunidad y cierta connivencia para permanecer en el tiempo; y tercero, si hubo obstrucción de justicia, es decir, si las víctimas o testigos están siendo amenazados o coaccionados para evitar que el proceso siga adelante. Esas tres cuestiones son las que te permiten identificar a una verdadera red del crimen organizado.
Sin presiones y un dato negativo
¿Han recibido llamados, presiones, sugerencias o les han planteado algún tipo cambio en la forma de trabajar a partir del cambio de gobierno?
–No, para nada. En la Procuración General se han mantenido en el tiempo los planes de trabajo y las acciones que llevamos adelante. Las limitaciones, aciertos y errores, es responsabilidad nuestra. Habrá que ver a futuro cómo se sigue trabajando: para investigar los casos de trata, necesitás que te acompañe el Estado, que existan dispositivos de rescate, que sigue funcionando en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y también un área como el Renatea, que antes estaba y a nosotros nos detectaba muchos casos de trabajo agrario, y hoy no está más. Ese es un aspecto negativo de la nueva gestión y nos preocupa mucho, porque si no es por las inspecciones laborales, es muy difícil conocer los casos de explotación.
Fuente: El Diario de Paraná.
Autor: Juan Cruz Varela.