jueves, 25 de julio de 2013

ENCONTRANDO Y ENSAMBLANDO LA ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL EN EL CIC.VICTOR OPPEL.






“La animación sociocultural se inscribe en el marco de una emancipacipación colectiva…sin embargo, se encuentran dificultades para definirla claramente, a causa de su propia riqueza y su diversidad, La animación sociocultural consiste esencialmente en ofrecer posibilidades de cultura en el más amplio sector posible de la vida del ciudadano, haciendo participar la mayor cantidad…”
La  animación es un fenómeno social total” que exige que se asocien para su análisis disciplinas tan diferentes y complementarias como psicología, la historia, la sociología, la pedagogía, la economía, la filosofía, la ciencia política, etc.
“EL animador agente profesional de animación socioeducativa es un trabajador social. Tiene la función de nacer y desarrollar actividades con finalidad educativa, cultural y deportiva.
En términos de estas teorías, distintos animadores desarrollan actividades sociales en este lugar físico que acobija un grupo de jóvenes, niños/as y adultos con las más diversas actividades juntas a esos trabajadores comprometidos como Mónica Torales y tantos otros en esa  relevante acción social.
Felicitaciones!!!!!!!!!!
Red de preventores.

miércoles, 24 de julio de 2013

"Borrón y Cuenta Nueva" 2013 | BULLYING | Bloque 3

CAMPAÑA DE PREVENCIÓN EN LAS VACACIONES DE INVIERNO " NO A LA TRATA "

CAMPAÑA DE PREVENCIÓN EN LAS VACACIONES DE INVIERNO " NO A LA TRATA " - TERMINAL DE ÓMNIBUS CONCORDIA. ENTRE RÍOS. R.A. RED DE PREVENTORES MAS  LA COOPERATIVA"LA ROCA" ltda.- MONICA TORALES . Y DEMÁS COLABORADORES POTENCIALIZANDO EL TRABAJO EN RED PARA ESTABLECER LAS BARRERAS CONTRA LA VIOLENCIA Y LAS DROGAS CON ESTAS ACTIVIDADES DE INCLUSIÓN SOCIAL- ESTA CAMPAÑA ES DIRECTA INTERACTUANDO CON TODOS LOS TURISTAS QUE VISITAN NUESTRA CIUDAD COMO ASÍ TAMBIÉN LOS QUE ESTÁN VIAJANDO EN LA RUTA DEL MERCOSUR Y ENLACE BINACIONAL, ESTA ADOPCIÓN DE POLÍTICAS PUBLICAS DE SEGURIDAD EN LINEAMIENTO CON EL GOBIERNO NACIONAL,. GOBIERNO PROVINCIAL Y MUNICIPAL.





Lanzan campaña para la prevención de la trata de personas .Red de Preventores.

La propuesta, denominada “CAMPAÑA DE PREVENCIÓN EN LAS VACACIONES DE INVIERNO " NO A LA TRATA " ”, que prosigue este mes en la Terminal de Ómnibus. Allí se reparten   folletos explicativos sobre la problemática y se colocarán afiches en los que se detallan los teléfonos.

lunes, 22 de julio de 2013

TRATA DE PERSONAS Decreto 1281/2007

Créase el “Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de
Asistencia a sus Víctimas”, en el ámbito del Ministerio del Interior. 

Autoridad de Aplicación.
Objetivos y Funciones.
Bs. As., 2/10/2007
VISTO
el Expediente del Ministerio del Interior Cudap EXP-S02:0008569/2007; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional de fecha 15 de noviembre de 2000, y su Protocolo Complementario para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños; la Convención sobre los Derechos del Niño de fecha 20 de noviembre de 1989; y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía, aprobado por Ley Nº 25.763 en cuyo artículo 1º se expresa que dicho Protocolo fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en fecha 25 de mayo de 2000; y 

CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de los tratados internacionales citados en el Visto, resulta política de Estado, la prevención en el rastreo detención de los responsables por el delito de trata de personas, así como la asistencia a sus víctimas y la sanción a los traficantes e intermediarios. Que es dable destacar el reiterado compromiso de los Gobiernos y los Organismos Internacionales en legislar de modo tal que sea posible asistir a las víctimas, y prevenir el incremento del delito neutralizando las actividades de las organizaciones, las cuales, en redes internacionales, reproducen distintas formas de esclavitud.

Que la trata de personas no sólo involucra la explotación sexual, sino también múltiples actividades delictivas asociadas con prácticas esclavistas, como trabajos forzados, reducción a la servidumbre, secuestro, distintas formas de violencia, privación sistemática de la libertad y violaciones a los Derechos Humanos. 

Que conforme lo hasta aquí expuesto, el Estado Nacional asume la responsabilidad de avanzar en una perspectiva ética destinada a asistir a las víctimas de este flagelo. Que, por todo lo expuesto, se propicia la creación del “Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas”, en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL 

Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Créase el “Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas”, en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, siendo dicho Ministerio Autoridad de Aplicación. Para el logro de sus objetivos y en cumplimiento de sus funciones, éste podrá coordinar acciones con las provincias,
con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con los distintos organismos nacionales e internacionales.
Art. 2º — El programa tendrá a su cargo la realización de las funciones detalladas a continuación y, en general, de todas las gestiones tendientes a la prevención y erradicación de la trata de personas y asistencia a sus víctimas:

a) Promover la articulación interinstitucional entre organismos estatales y organizaciones de la sociedad civil y proponer protocolos de trabajo y asistencia interinstitucionales para la implementación de acciones destinadas a la prevención, la asistencia y la reinserción social de las víctimas; 
b) Desarrollar acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata;
c) Asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías, proporcionándoles la orientación técnica a fin de su asistencia a servicios de atención integral gratuita (médica, psicológica, social, jurídica, entre otros);
d) Generar actividades que coadyuven en la capacitación y asistencia para la búsqueda y obtención de oportunidades laborales, conjuntamente con los organismos pertinentes;
e) Prevenir e impedir cualquier forma de re-victimización; 
f) Asegurar que las víctimas reciban información sobre sus derechos, así como del estado de las actuaciones, las medidas adoptadas, y las diferentes etapas y consecuencias del proceso, en un idioma que comprendan y de manera acorde a su edad y madurez;
g) Organizar actividades de difusión, concientización, capacitación y entrenamiento acerca de la problemática de la trata, desde las directrices impuestas por el respeto a los derechos humanos, la perspectiva de género y las cuestiones específicas a la niñez y adolescencia. Especialmente deberá prever la capacitación de los funcionarios públicos que en razón del ejercicio de su cargo tuvieran contacto con las víctimas de este delito, con el fin de lograr la mayor profesionalización;
h) Promover el conocimiento sobre la temática de la trata de personas y desarrollar materiales para la formación docente inicial y continua, desde un enfoque de derechos humanos y desde una perspectiva de género, en coordinación con el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología;
i) Promover la realización de estudios e investigaciones sobre la problemática de la trata, su publicación y difusión periódicas;
j) Monitorear regularmente el cumplimiento y efectividad de las normas e instituciones vigentes destinadas a combatir la problemática de la trata de personas; en su caso recomendar la elaboración y aprobación de normas vinculadas con el objeto de esta ley necesarias para optimizar los recursos existentes; y, en general, participar en el
diseño de las políticas y medidas necesarias para asegurar la eficaz protección y la asistencia a las víctimas;
k) Crear el Registro Nacional de Datos vinculados con el delito de trata de personas, como sistema permanente y eficaz de información y monitoreo cuantitativo y cualitativo que facilite la implementación del presente Decreto. A tal fin se deberá relevar periódicamente toda la información que pueda ser útil para combatir este delito y asistir
a sus víctimas. Se solicitará a los funcionarios policiales, judiciales y del Ministerio Público la remisión de los datos requeridos a los fines de su incorporación en el Registro;
I) Impulsar la coordinación de los recursos públicos y privados disponibles para la prevención y asistencia a las víctimas, aportando o garantizando la vivienda indispensable para asistirlas durante los primeros días subsiguientes a su rescate;
m) Promover la articulación con organismos regionales e internacionales de prevención y monitoreo de la trata de personas;
n) Promover la cooperación entre Estados y la adopción de medidas de carácter bilateral y multilateral destinadas a monitorear, prevenir y erradicar la trata;
o) Implementar una línea telefónica gratuita nacional destinada a la recepción de denuncias y consultas de inquietudes.
Art. 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del Programa se imputarán al presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A.
Fernández. — Aníbal D. Fernández. — Alberto J. 
B. Iribarne. — Daniel F. Filmus.
#F2727153F#

Publicado en el Boletín Oficial el 4 de Octubre de 2007.

Creación del Programa de Prevención de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. Resolución 746/2007 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación - B.O. 27/7/2007 | María Silvia Villaverde

Creación del Programa de Prevención de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. Resolución 746/2007 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación - B.O. 27/7/2007 | María Silvia Villaverde

Redes territoriales en prevención de adicciones

http://www.lavoz901.com.ar/despachos.asp?cod_des=176257&ID_Seccion=70&fecemi=21/07/2013&Titular=el-estado-provincial-continua-con-la-conformacion-de-redes-territoriales-en-prevencion-de-adicciones.html

Inclusion social para la Prevención

Red de Preventores mas Guemes Concordia, son actores fundamentales en este esquema de trabajo de inclusión social y Prevención de violencia y Adicciones con una mirada muy clara en términos de integración aportando a la contención y la integración de las personas”.